EL ARTICULO 8. DEL REAL DECRETO 1477/1989, DE 1 DE DICIEMBRE, ATRIBUYE AL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO DE GESTION CATASTRAL Y COOPERACION TRIBUTARIA LA FACULTAD DE APROBAR LAS PONENCIAS DE VALORES, ASI COMO RESOLVER LOS RECURSOS DE REPOSICION QUE PUEDAN INTERPONERSE CONTRA LAS MISMAS.
RAZONES DE EFICACIA ACONSEJAN DELEGAR EN LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA POR LO QUE SE REFIERE AL EJERCICIO 1989, LA FACULTAD SEÑALADA EN EL PARRAFO ANTERIOR, TODO ELLO AL AMPARO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 5. , 1 C) DEL REAL DECRETO 1477/1989, DE 1 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL CENTRO DE GESTION CATASTRAL Y COOPERACION TRIBUTARIA.
EN SU VIRTUD, ESTA DIRECCION GENERAL HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO.
SE DELEGAN EN LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA, PARA EL EJERCICIO 1989, LAS FACULTADES DE APROBAR LAS PONENCIAS DE VALORES PARA INMUEBLES URBANOS Y RUSTICOS EN LAS QUE PREVIAMENTE COORDINADOS SE RECOJAN LOS CRITERIOS, TABLAS DE VALORACION Y DEMAS ELEMENTOS PRECISOS PARA LLEVAR A CABO LA FIJACION DE LOS VALORES CATASTRALES, ASI COMO LA RESOLUCION DE LOS RECURSOS DE REPOSICION QUE PUEDAN INTERPONERSE CONTRA LAS EXPRESADAS PONENCIAS.
SEGUNDO. EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS EN VIRTUD DE LA PRESENTE RESOLUCION SE AJUSTARA A LO DISPUESTO EN LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO DE 26 DE JULIO DE 1957 Y EN LA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE 17 DE JULIO DE 1958.
TERCERO. LA DELEGACION DE ATRIBUCIONES CONTENIDA EN LA PRESENTE RESOLUCION SE ENTIENDE SIN PERJUICIO DE QUE EN CUALQUIER MOMENTO EL ORGANO DELEGANTE PUEDA AVOCAR PARA SI EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE CUANTOS ASUNTOS COMPRENDIDOS EN ELLA CONSIDERE OPORTUNOS.
CUARTO. SIEMPRE QUE SE HAGA USO DE LAS DELEGACIONES CONTENIDAS EN LA PRESENTE DISPOSICION DEBERA HACERSE CONSTAR ASI EN LA RESOLUCION CORRESPONDIENTE.
LO QUE COMUNICO A V.
I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 16 DE DICIEMBRE DE 1989. EL DIRECTOR GENERAL, JAVIER RUSSINES TORREGROSA.
ILMOS. SRES. PRESIDENTES DE LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA.
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