EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE DICIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1982/1988, PROMOVIDA POR LA SECCION SEGUNDA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA NACIONAL, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 37, NUMERO 2, PARRAFO 3, DE LA LEY 44/1983, DE 28 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 1984, POR PODER INFRINGIR EL ARTICULO 9.3 DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA O, EN SU CASO, EL ARTICULO 134.7 DE LA MISMA.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 12 DE DICIEMBRE DE 1988. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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