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Documento BOE-A-1988-19096

Orden de 26 de julio de 1988 sobre canje de efectos timbrados.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 1988, páginas 23898 a 23898 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1988-19096
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/07/26/(3)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 3494/1981, DE 29 DE DICIEMBRE, APROBATORIO DEL REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS, ESTABLECIO EN SU ARTICULO 82 EL NUEVO REGIMEN JURIDICO DEL CANJE DE EFECTOS TIMBRADOS. ESTA DISPOSICION SE LIMITA A ESTABLECER LOS DOS PRINCIPIOS GENERALES DE NO DEVOLUCION DEL IMPORTE DE LOS EFECTOS Y DE ADMISION DE SU CANJE EN LOS SUPUESTOS DE RETIRADA DE CIRCULACION Y DE INUTILIZACION POR CUALQUIER CAUSA, CON LAS LIMITACIONES QUE EN EL MISMO SE ESTABLECEN, REMITIENDOSE EN EL PRIMERO DE LOS CASOS CITADOS A LAS NORMAS QUE SOBRE EL PARTICULAR SE CONTENGAN EN LA DISPOSICION OFICIAL QUE, EN CADA CASO, SE DICTE.

ASI LAS COSAS, RESULTA CLARA LA CONVENIENCIA DE ESTABLECER UN REGIMEN COMUN, EN ESPECIAL EN LO QUE RESPECTA A LOS PLAZOS DE CANJE, QUE SIRVA DE ORIENTACION A LAS ENTIDADES QUE INTERVIENEN EN LA FABRICACION Y MANIPULACION DE LOS EFECTOS.

POR OTRA PARTE, INTERESA RESOLVER LA SITUACION PLANTEADA EN RELACION CON AQUELLOS EFECTOS QUE, AL NO PODER SER OBJETO DE RECONOCIMIENTO O RECUENTO POR CAUSA DE SU DETERIORO, HAN SIDO DEVUELTOS POR LA FABRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE A LAS REPRESENTACIONES DE <TABACALERA, SOCIEDAD ANONIMA>, DONDE FIGURAN COMO EXISTENCIAS O EN CUENTAS ESPECIALES, SIN QUE SU IMPORTE HAYA SIDO INGRESADO EN EL TESORO, ASI COMO OTROS CASOS SIMILARES PRODUCIDOS EN LOS EXPEDIENTES DE AVERIAS EN LAS REPRESENTACIONES Y ADMINISTRACIONES SUBALTERNAS DE <TABACALERA, SOCIEDAD ANONIMA>, AUTORIZANDO A LA DELEGACION DEL GOBIERNO DEL MONOPOLIO DE TABACOS PARA REGULARIZAR DICHAS CUENTAS.

EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. EL PLAZO PARA EFECTUAR EL CANJE DE LOS EFECTOS TIMBRADOS QUE SEAN RETIRADOS DE LA CIRCULACION POR EXIGENCIAS O CONVENIENCIAS DEL SERVICIO, SERA DE TRES AÑOS A PARTIR DE LA PUBLICACION DE LA DISPOSICION OFICIAL QUE, EN CADA CASO, SE DICTE.

SEGUNDO. TANTO EN EL SUPUESTO DE RETIRADA DE CIRCULACION COMO EN EL DE INUTILIZACION, LOS ADQUIRENTES TENDRAN DERECHO A CANJEAR LOS EFECTOS TIMBRADOS CORRESPONDIENTES POR CUALQUIER OTRA CLASE DE LOS MISMOS, INCLUIDOS LOS SELLOS DE CORREOS.

TERCERO. CON EL FIN DE ACELERAR LA LIQUIDACION DE LA RENTA DEL TIMBRE, SE AUTORIZA A LA DELEGACION DEL GOBIERNO EN EL MONOPOLIO PARA QUE, PREVIA LA COMPROBACION DEL ESTADO DE CONSERVACION DE LOS EFECTOS TIMBRADOS QUE POR SU DETERIORO RESULTEN INAPROVECHABLES, ASI COMO DE LOS CORRESPONDIENTES ASIENTOS CONTABLES, DISPONGA SU DESTRUCCION DE LA QUE SE LEVANTARA LA CORRESPONDIENTE ACTA QUE QUEDARA UNIDA AL EXPEDIENTE, SIN PERJUICIO DE LO QUE RESULTE DE ESTOS EN ORDEN A LA IMPUTACION DE LOS RESPECTIVOS DAÑOS.

CUARTO. EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL APARTADO PRIMERO SERA DE APLICACION AL CANJE DE AQUELLOS EFECTOS A QUE SE REFIEREN LAS ORDENES DE 9 DE DICIEMBRE DE 1986 COMPUTANDOSE A PARTIR DE LA FECHA DE PUBLICACION DE LAS MISMAS EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

QUINTO. SE AUTORIZA A LA DELEGACION DEL GOBIERNO EN EL MONOPOLIO DE TABACOS PARA DICTAR LAS INSTRUCCIONES PRECISAS PARA EL DESARROLLO Y EJECUCION DE LA PRESENTE ORDEN.

SEXTO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 26 DE JULIO DE 1988.

SOLCHAGA CATALAN

ILMO. SR. DELEGADO DEL GOBIERNO EN EL MONOPOLIO DE TABACOS.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/07/1988
  • Fecha de publicación: 03/08/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 04/08/1988
  • Contiene un régimen común de plazos para efectuar los canjes: 3 años.
Referencias anteriores
  • AMPLÍA:
  • DE CONFORMIDAD con el art. 82 del Reglamento aprobado por Real Decreto 3494/1981, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-3492).
Materias
  • Efectos Timbrados
  • Expendedurías de Tabaco y Efectos Timbrados
  • Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
  • Letra de cambio
  • Tabacalera

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