El Tribunal Constitucional, por auto de 22 de septiembre actual, ha acordado mantener la suspensión de los artículos 3.3 y 10.6 de la Ley del Parlamento de Canarias 4/1984, de 6 de julio, del Consejo Consultivo de Canarias, en la redacción que, respectivamente, les dan los artículos 2 y 5 de la Ley del mismo Parlamento 13/1986, de 30 de diciembre, cuya suspensión se dispuso por providencia de 22 de abril de 1987, dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 506/1987, promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 22 de septiembre de 1987.-La Vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Gloria llegué Cantón.-Firmado y rubricado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid