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Documento BOE-A-1987-1880

Corrección de errores del Real Decreto 2697/1986, de 30 de diciembre, por el que se regulan para 1987 determinados aspectos del Subsidio por Desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 1987, páginas 2276 a 2276 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1987-1880
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1986/12/30/2697/corrigendum/19870126

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 2697/1986, de 30 de diciembre, por el que se regulan para 1987 determinados aspectos del Subsidio por Desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, publicado en el «Boletin Oficial del Estado» número 3, del día 3 de enero de 1987, procede efectuar las siguientes rectificaciones:

Página 108, primera columna, en el sumario, donde dice: «Real Decreto 2697/1986, de 30 de diciembre, por el que se regulan para 1987 determinados aspectos del Subsidio de Desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Apano de la Seguridad Social», debe decir: «Real Decreto 2697/1986, de 30 de diciembre, por el que se regulan para 1987 determinados aspectos del Subsidio por Desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social».

En la misma página y columna, artículo único, cuarta línea, donde dice: «DISPOSICIONES TRANSITORIAS», debe decir. ««DISPOSICIONES TRANSITORIAS».

En la misma página y columna, artículo único, disposición transitoria cuarta, primera línea, donde dice: «Cuarto: », debe decir: «Cuarta.-».

En la misma página y columna, artículo único, disposición transitoria cuarta, sexta línea, donde dice: «... prestaciones por desempleo de carácter general.», debe decir: «... prestaciones por desempleo de carácter general.»».

En la misma página, segunda columna, disposición final, tercera línea, donde dice: «... , que entrará en vigor el día 1 de enero de 1987», debe decir: «... , que entrará en vigor el mismo día de su públicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde el 1 de enero de 1987.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 26/01/1987
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1387/1990, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1990-27378).
  • Fecha de derogación: 01/12/1990
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2697/1986, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-111).
Materias
  • Agricultura
  • Andalucía
  • Comunidades Autónomas
  • Desempleo
  • Empleo
  • Extremadura
  • Ganadería
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Seguridad Social
  • Trabajadores

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