Advertidos errores en el texto del Real Decreto 2528/1986, de 28 de noviembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 297, de fecha 12 de diciembre de 1986, se transciben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 40546, en la tercera línea del preámbulo, las palabras «Ordenamiento Jurídico Comunitario» que figuran con la letra inicial mayúscula deberán figurar con la letra inicial minúscula.
Página 40546, artículo 23.10, tercer párrafo, la palabra «autoridad» que figura con la letra inicial minuscula deberá figurar con la letra incial mayúscula.
En la página 40546, artículo 23 bis, quinto párrafo, donde dice: «... corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda ...», debe decir: «... corresponde al Ministro de Economía y Hacienda ...».
En la página 40547, artículo 25, segundo párrafo, las palabras «documento nacional de identidad» cuyas letras iniciales figuran con minúsculas deben figurar con las letras iniciales mayúsculas.
Página 40547, artículo 31, donde dice: «... el importe máximo de aquéllas y la ...», debe decir: «... el importe máximo de aquella y la...».
Página 40548, artículo 82.13, la palabra «Contratos» aparece con la letra inicial mayúscula, debiendo figurar con la letra inicial minúscula.
Página 40550, artículo 100, tercer párrafo, la palabra «Oficinas» aparece con la letra inicial mayúscula, debiendo figurar con la letra inicial minúscula.
Página 40552, artículo 244.1, donde dice: «... satisfacer mediante suministro ...», debe decir: «... satisfacer mediante el suministro ...».
Página 40552, artículo 244.1, donde dice: «... tener en cuanta.», debe decir: «... tener en cuenta.».
Página 40552, artículo 244.5, donde dice: «... en que la misma se fundamenta», debe decir: «... en que la misma se fundamente».
Página 40553, artículo 244.18, donde dice: «... y demás normas tributarias y remisión ...», debe decir: «... y demás normas de contratación y revisión ...».
Página 40553, artículo 247.6, donde dice: «... para su utilización común con la Administración ...», debe decir «... para su utilización común por la Administración ...».
Página 40553, se intercalarán entre el artículo 4.° y el artículo 284 los siguientes párrafos:
«Se crean los artículos 287 bis, 287 ter, 316 bis, 316 ter y 316 cuarto, que se integran en el citado Reglamento.»
«A continuación se transcriben los artículos enumerados en los párrafos precedentes por su orden correlativo.»
Página 40555, Disposiciones Finales, Primera. Donde dice: «... artículo 149.1, decimoctavo ...», debe decir: «... artículo 149.1, decimoctavo ...».
Las palabras «Empresa o Empresas» que figuran con la letra inicial mayúscula en los artículos 23 ter (dos veces), 24 (siete veces), 25 (cuatro veces), 27 (dos veces), 112, 117, 238 (dos veces) 287 (dos veces), 287 bis, 287 ter (tres veces), 295 (tres veces) y 320 (dos veces), deben figurar con la letra inicial minúscula.
La palabra «Contratación» que figura con la letra inicial mayúscula en los artículos 100, 101 (dos veces), 109 111, 112 y 116 deben figurar con la letra inicial minúscula.
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