De orden delegada por el excelentísimo señor Ministro (Orden de 13 de octubre de 1986, "Boletín Oficial del Estado" del 17) se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada en fecha 11 de julio de 1986 por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 20/1986, promovido por "Unión Sindical de Inspectores Técnicos de Educación" contra el Real Decreto 2617/1985, de 9 de diciembre, el que aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración del Estado (Presidencia del Gobierno), cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que se estima el recurso interpuesto por la representación de la "Unión Sindical de Inspectores Técnicos de Educación" (USITE), al amparo de la Ley 62/1978, contra el Real Decreto 2617/1985, de 9 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento General de Provisión de Puestos Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración del Estado, y declaramos la nulidad y suspensión de las discriminaciones contenidas en sus artículos 8.º, números 2 y 3; 15, número 2, y disposición adicional 8.ª, debemos anular y dejar sin efecto los mencionados preceptos por vulnerar el artículo 14 de la Constitución Española, con expresa condena de costas a la Administración demandada por ser preceptivas."
Madrid, 9 de diciembre de 1986.- El Subsecretario, Luciano Parejo Alfonso.
Excmos. Sres. ...
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