El Tribunal Constitucional, por auto,de 10 de abril corriente, ha acordado mantener la suspensión del inciso final del artículo 34, de la Ley 17/1985, de 23 de julio, del Parlamento de Cataluña, reguladora de la Función Pública de la Administración de la Generalidad, impugnados en el recurso de inconstitucionalidad número 955/1985, planteado por el Presidente del Gobierno, cuya. suspensión se dispuso, por aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, por providencia de 6 de noviembre de 1985.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 10 de abril de 1986.-El Presidente, Francisco Tomás y Valiente.-Firmado y rubricado.
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