LA EXPERIENCIA RECOGIDA EN LA APLICACION DEL REAL DECRETO 94/1984, DE 11 DE ENERO, SOBRE EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, ACONSEJA INTRODUCIR, SIN QUE ELLO SUPONGA INCREMENTO DEL GASTO PUBLICO, ALGUNAS MODIFICACIONES CON EL FIN DE CONSEGUIR UNA MAYOR CAPACIDAD DE COORDINACION Y EFICACIA DEL CONJUNTO, COMO PRIMER PASO QUE PERMITA EN UN FUTURO PROXIMO UNA ORDENACION MAS ACORDE AL ADECUADO CUMPLIMIENTO DE SUS MISIONES SUSTANTIVAS.
EN SU VIRTUD, A INICIATIVA DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO Y A PROPUESTA DEL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA 24 DE SEPTIEMBRE DE 1985, DISPONGO:
ARTICULO UNICO.- EL ARTICULO 5. DEL REAL DECRETO 1855/1979, DE 30 DE JULIO, EN LA REDACCION DADA POR EL REAL DECRETO 94/1984, DE 11 DE ENERO, SE ADICIONA UN NUEVO APARTADO CON LA SIGUIENTE REDACCION:
"5. COMO ORGANOS DE APOYO, ASISTENCIA INMEDIATA Y COORDINACION DE LOS DISTINTOS ORGANOS DE GESTION DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD ESTARAN:
A) LA UNIDAD DE ATENCION SANITARIA, QUE COORDINARA LAS ACTUACIONES Y COMPETENCIAS DE LAS UNIDADES DEL INSTITUTO CUYAS FUNCIONES TENGAN NATURALEZA SANITO-ASISTENCIAL.
B) LA UNIDAD ECONOMICA-FINANCIERA, QUE COORDINARA LAS ACTUACIONES Y COMPETENCIAS DE LAS UNIDADES DE NATURALEZA ECONOMICA, PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA.
LOS JEFES DE ESTAS UNIDADES SERAN NOMBRADOS POR EL REAL DECRETO ACORDADO EN CONSEJO DE MINISTROS, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE SANIDAD Y CONSUMO."
DISPOSICION ADICIONAL
POR EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SE LLEVARAN A CABO LAS ADAPTACIONES PRECISAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO PREVISTO EN EL PRESENTE REAL DECRETO, QUE NO SUPONE INCREMENTO DEL GASTO PUBLICO.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- POR EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO SE DICTARAN CUANTAS DISPOSICIONES SEAN NECESARIAS PARA EL DESARROLLO DE LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE REAL DECRETO.
SEGUNDA.- EL PRESENTE REAL DECRETO ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
DADO EN MADRID A 24 DE SEPTIEMBRE DE 1985.- JUAN CARLOS R.- EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, JAVIER MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ.
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