EN USO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 22.3 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, ACUERDO LO SIGUIENTE:
PRIMERO.-SE DELEGAN EN EL SECRETARIO GENERAL DE LA OFICINA DEL PORTAVOZ DEL GOBIERNO, Y POR LO QUE RESPECTA A LAS UNIDADES DEPENDIENTES DE LA MISMA, LAS ATRIBUCIONES QUE SE DETERMINAN EN LOS APARTADOS 6, 10 Y 11 DEL ARTICULO 14 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.
SEGUNDO.-EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS EN VIRTUD DE LA PRESENTE ORDEN SE AJUSTARA A LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 22, 32 Y 36.3 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, Y EN LOS ARTICULOS 93.4 Y 118 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
TERCERO.-LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS POR LA PRESENTE ORDEN PODRAN, EN CUALQUIER MOMENTO, SER OBJETO DE AVOCACION.
CUARTO.-LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
MADRID, 18 DE SEPTIEMBRE DE 1985.-MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ.
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