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Documento BOE-A-1987-27061

Orden de 2 de diciembre de 1987 sobre delegación de atribuciones en órganos del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 1987, páginas 35848 a 35850 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1987-27061
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1987/12/02/(1)

TEXTO ORIGINAL

DETERMINADA POR EL REAL DECRETO 984/1987, DE 24 DE JULIO, LA ESTRUCTURA ORGANICA BASICA DEL MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARIA DEL GOBIERNO, RESULTA NECESARIO, EN ARAS DE UNA MAYOR CLARIDAD Y EFICACIA EN LA ACTUACION ADMINISTRATIVA, REFUNDIR EN UNA UNICA DISPOSICION LAS DELEGACIONES DE ATRIBUCIONES EN VIGOR, CONTENIDAS EN DIVERSAS ORDENES Y RESOLUCIONES, ADECUANDOLAS AL MISMO TIEMPO A LA ORGANIZACION ACTUAL DEL DEPARTAMENTO Y A LAS NECESIDADES FUNCIONALES DEL MISMO.

EN SU VIRTUD Y EN USO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 22.3 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO DE 26 DE JULIO DE 1957, HE DISPUESTO:

PRIMERO. SE DELEGAN EN EL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO LASSIGUIENTES ATRIBUCIONES:

A) EN MATERIA DE PERSONAL Y SIN PERJUICIO DE LAS COMPETENCIAS QUE N ESTA MATERIA SE DELEGAN EN OTROS ORGANOS:

A) NOMBRAR Y SEPARAR LAS AUTORIDADES AFECTA AL DEPARTAMENTO, SALVO CUANDO CORRESPONDA AL CONSEJO DE MINISTROS O A LAS COMISIONES DELEGADAS DEL GOBIERNO.

B) LA PROVISION DE LOS PUESTOS DE TRABAJO DE LIBRE DESIGNACION, PREVIA CONVOCATORIA PUBLICA.

C) LA CONVOCATORIA DE LOS CONCURSOS PARA LA PROVISION DE PUESTOS DE TRABAJO, CON ARREGLO A LAS BASES PREVIAMENTE APROBADAS, SEGUN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 6.4 DEL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, Y LA RESOLUCION DE LOS MISMOS.

D) EL EJERCICIO DE LAS POTESTADES DISCIPLINARIAS, EXCEPTO LA SEPARACION DEL SERVICIO, CON ARREGLO A LAS DISPOSICIONES VIGENTES.

E) LA PROPUESTA DE LAS RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO DEL DEPARTAMENTO, ORGANISMOS AUTONOMOS Y ENTIDADES DEPENDIENTES DEL MISMO.

F) OTORGAR LOS PREMIOS O RECOMPENSAS QUE, EN SU CASO, PROCEDAN.

G) EL NOMBRAMIENTO Y CESE DEL PERSONAL EVENTUAL.

H) LA DETERMINACION DE LA CUANTIA INDIVIDUAL DEL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD, DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLEZCA LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL EJERCICIO EN VIGOR.

B) LA RESOLUCION DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS QUE NO ESTE RESERVADOS A OTRA AUTORIDAD DEL DEPARTAMENTO Y EXCLUIDOS, EN TODO CASO, LOS DE ALZADA CONTRA RESOLUCIONES DEL SUBSECRETARIO.

C) LA AUTORIZACION DE GASTOS Y ORDENACION DE PAGOS QUE EXCEDAN DE 10.000.000 DE PESETAS, SIN PERJUICIO DE LAS COMPETENCIAS QUE, EN ESTA MATERIA, SE DELEGAN EN OTROS ORGANOS.

D) LAS COMPETENCIAS DEL TITULAR DEL DEPARTAMENTO EN MATERIA DE PATRIMONIO, INCLUIDOS ORGANISMOS AUTONOMOS.

E) TODAS LAS FACULTADES QUE EL ORDENAMIENTO JURIDICO ATRIBUYE AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO EN MATERIA DE CONTRATACION Y CUYA CUANTIA EXCEDA DE 10.000.000 DE PESETAS, SIN PERJUICIO DE LAS COMPETENCIAS QUE, EN ESTA MATERIA, SE DELEGAN EN OTROS ORGANOS.

F) LA AUTORIZACION DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS, DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLEZCA LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL EJERCICIO EN VIGOR.

G) LA ORDENACION DEL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DICTADAS POR LOS TRIBUNALES DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA.

H) LA RESOLUCION DE LOS ASUNTOS CUYA DECISION DEFINITIVA ESTE ATRIBUIDA AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO POR LAS DISPOSICIONES VIGENTES EN MATERIA DE PRENSA, PUBLICIDAD, RADIODIFUSION Y TELEVISION Y, EN GENERAL, DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL; ASI COMO LA AUTORIZACION DE GASTOS Y ORDENACION DE PAGOS, CUALQUIERA QUE SEA SU CUANTIA, REFERENTES A TALES ASUNTOS.

SEGUNDO. 1. SEDELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

A) LA AUTORIZACION DE GASTOS Y ORDENACION DE PAGOS QUE NO EXCEDAN DE 10.000.000 DE PESETAS, SIN PERJUICIO DE LAS COMPETENCIAS QUE, EN ESTA MATERIA, SE DELEGAN EN OTROS ORGANOS.

B) TODAS LAS FACULTADES QUE EL ORDENAMIENTO JURIDICO ATRIBUYE AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO EN MATERIA DE CONTRATACION Y CUYA CUANTIA NO EXCEDA DE 10.000.000 DE PESETAS, SIN PERJUICIO DE LAS COMPETENCIAS QUE, EN ESTA MATERIA, SE DELEGAN EN OTROS ORGANOS.

2. SE APRUEBA LA DELEGACION EN EL DIRECTORGENERAL DE SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO DE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES DEL SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO EN MATERIA DE PERSONAL, SIN PERJUICIO DE LAS COMPETENCIAS QUE, EN ESTA MATERIA, SE DELEGAN EN OTROS ORGANOS:

A) LA CONCESION DE EXCEDENCIAS VOLUNTARIASPOR INTERES PARTICULAR Y DE JUBILACIONES VOLUNTARIAS.

B) LA DECLARACION DE SITUACIONES DE SERVICIOS ESPECIALES Y DE SERVICIO EN COMUNIDADES AUTONOMAS.

C) AUTORIZAR LA ASISTENCIA A CURSOS DE SELECCION, DE FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO.

D) TODOS AQUELLOS ACTOS DE ADMINISTRACION Y GESTION ORDINARIA DEL PERSONAL QUE NO FIGUREN ATRIBUIDOS A OTROS ORGANOS EN EL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE.

E) LA ADSCRIPCION PROVISIONAL, EN COMISION DE SERVICIOS, A PUESTOS DE TRABAJO POR TIEMPO INFERIOR A SEIS MESES Y QUE NO SUPONGAN CAMBIO DE MINISTERIO O LOCALIDAD.

F) DAR POSESION Y CESE A LOS FUNCIONARIOS EN LOS PUESTOS DE TRABAJO A QUE SEAN DESTINADOS.

G) DECLARAR LAS JUBILACIONES FORZOSAS Y POR INCAPACIDAD FISICA.

H) LA PROPUESTA E INFORME SOBRE AUTORIZACION O RECONOCIMIENTO DE COMPATIBILIDADES.

I) LA CONCESION DE PERMISOS O LICENCIAS.

J) EL RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS Y DE LA ADQUISICION Y CAMBIO DE GRADOS PERSONALES.

K) LA CONCESION DE EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS CUANDO NO SEA POR INTERES PARTICULAR.

L) LAS COMPETENCIAS ATRIBUIDAS AL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO POR EL ARTICULO 12 DEL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, EN RELACION CON EL PERSONAL LABORAL.

M) LA DESIGNACION DE LAS COMISIONES DE SERVICIO CONTEMPLADAS EN EL ARTICULO 5 DEL REAL DECRETO 1344/1984, DE 4 DE JULIO.

TERCERO. SE APRUEBA LA DELEGACION EN LOS DIRECTORES GENERALES DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS DEL MINISTERIO DE LAS COMPETENCIAS, EN RELACION CON EL PERSONAL LABORAL DE LOS MISMOS, ATRIBUIDAS AL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO POR EL ARTICULO 12 DEL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, CON EXCEPCION DEL ANUNCIO DE CONVOCATORIAS PREVISTO EN EL ARTICULO 25 DEL REAL DECRETO 2223/1984, DE 19 DE DICIEMBRE.

CUARTO. 1. SE DELEGAN EN EL COMISARIO GENERAL DE ESPAÑA PARA LA SEDE DE SEVILLA EN LA EXPOSICION UNIVERSAL SEVILLA 1992, EN RELACION CON LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS DEPENDIENTES DEL MISMO, LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

A) LA AUTORIZACION DE GASTOS Y ORDENACION DE PAGOS.

B) TODAS LAS FACULTADES QUE EL ORDENAMIENTO JURIDICO ATRIBUYE AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO EN MATERIA DE CONTRATACION.

2. SE APRUEBA LA DELEGACION EN EL SECRETARIO GENERAL DE LA OFICINA DEL COMISARIO GENERAL DE ESPAÑA PARA LA EXPOSICION UNIVERSAL SEVILLA 1992, EN RELACION CON EL PERSONAL DESTINADO EN DICHA OFICINA, DE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES DEL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO:

A) AUTORIZAR LA ASISTENCIA A CURSOS DE SELECCION, DE FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO.

B) TODOS AQUELLOS ACTOS DE ADMINISTRACION Y GESTION ORDINARIA DEL PERSONAL QUE NO FIGUREN ATRIBUIDOS A OTRO ORGANO EN EL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE.

C) DAR POSESION Y CESE A LOS FUNCIONARIOS EN LOS PUESTOS DE TRABAJO A QUE SEAN DESTINADOS.

D) LA CONCESION DE PERMISOS O LICENCIAS.

E) LA CONCESION DE EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS CUANDO NO SEA POR INTERES PARTICULAR.

F) LA DESIGNACION DE LAS COMISIONES DE SERVICIO CONTEMPLADAS EN EL ARTICULO 5 DEL REAL DECRETO 1344/1984, DE 4 DE JULIO.

G) LAS COMPETENCIAS ATRIBUIDAS AL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO POR EL ARTICULO 12 DEL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, EN RELACION CON EL PERSONAL LABORAL.

QUINTO. SE APRUEBA LA DELEGACION EN EL CONSEJERO GERENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO NACIONAL, EN RELACION CON EL PERSONAL DE DICHA ENTIDAD, DE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES DEL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO:

A) AUTORIZAR LA ASISTENCIA A CURSOS DE SELECCION, DE FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO.

B) TODOS AQUELLOS ACTOS DE ADMINISTRACION Y GESTION ORDINARIA DEL PERSONAL QUE NO FIGUREN ATRIBUIDOS A OTROS ORGANOS EN EL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE.

C) DAR POSESION Y CESE A LOS FUNCIONARIOS EN LOS PUESTOS DE TRABAJO A QUE SEAN DESTINADOS.

D) DECLARAR LAS JUBILACIONES FORZOSAS Y POR INCAPACIDAD FISICA.

E) LA CONCESION DE PERMISOS Y LICENCIAS.

F) EL RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS.

G) LAS COMPETENCIAS ATRIBUIDAS AL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO POR EL ARTICULO 12 DEL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE, EN RELACION CON EL PERSONAL LABORAL.

SEXTO. 1. SE DELEGAN EN EL SECRETARIO GENERAL DE LA OFICINA DEL PORTAVOZ DEL GOBIERNO, EN RELACION CON LAS UNIDADES DEPENDIENTES DE LA MISMA, LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

A) LA AUTORIZACION DE GASTOS Y ORDENACION DE PAGOS EXCEPTO EN MATERIA DE CONTRATACION.

B) OTORGAR LOS PREMIOS O RECOMPENSAS QUE, EN SU CASO, PROCEDAN.

C) LA DETERMINACION DE LA CUANTIA INDIVIDUAL DEL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD, DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLEZCA LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL EJERCICIO EN VIGOR.

2. SE APRUEBA LA DELEGACION EN EL SECRETARIO GENERAL DE LA OFICINA DEL PORTAVOZ DEL GOBIERNO, EN RELACION CON LAS UNIDADES DEPENDIENTES DE LA MISMA, DE LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES DEL SUBSECRETARIO DEL DEPARTAMENTO EN MATERIA DE PERSONAL:

A) AUTORIZAR LA ASISTENCIA A CURSOS DE SELECCION, DE FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO.

B) TODOS AQUELLOS ACTOS DE ADMINISTRACION Y GESTION ORDINARIA DEL PERSONAL QUE NO FIGUREN ATRIBUIDOS A OTROS ORGANOS EN EL REAL DECRETO 2169/1984, DE 28 DE NOVIEMBRE.

C) DAR POSESION Y CESE A LOS FUNCIONARIOS EN LOS PUESTOS DE TRABAJO A QUE SEAN DESTINADOS.

D) LA CONCESION DE PERMISOS Y LICENCIAS.

E) LA DESIGNACION DE LAS COMISIONES DE SERVICIO CONTEMPLADAS EN EL ARTICULO 5 DEL REAL DECRETO 1344/1984, DE 4 DE JULIO.

SEPTIMO. 1. TODAS LAS COMPETENCIAS QUE SE DELEGAN EN LA PRESENTE ORDEN PODRAN SER, EN CUALQUIER MOMENTO, OBJETO DE AVOCACION POR LOS ORGANOS DELEGANTES CORRESPONDIENTES.

2. EN TODAS LAS RESOLUCIONES QUE SE DICTEN EN VIRTUD DE LAS DELEGACIONES DE ATRIBUCIONES CONTEMPLADAS EN LA PRESENTE ORDEN DEBERA HACERSE CONSTAR EXPRESAMENTE TAL CIRCUNSTANCIA.

3. QUEDAN DEROGADAS CUANTAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO SE OPONGAN A LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE ORDEN. EN PARTICULAR, LAS SIGUIENTES ORDENES Y RESOLUCIONES SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES:

ORDEN DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1985 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 23). RESOLUCION DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1985 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 23).

ORDEN DE 21 DE ABRIL DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 22).

ORDEN DE 31 DE JULIO DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 6 DE AGOSTO).

ORDEN DE 29 DE AGOSTO DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 5 DE SEPTIEMBRE).

RESOLUCION DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 15).

RESOLUCION DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 15).

ORDEN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 27).

RESOLUCION DE 20 DE OCTUBRE DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 29).

RESOLUCION DE 29 DE DICIEMBRE DE 1986 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 30).

4. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 2 DE DICIEMBRE DE 1987.

ZAPATERO GOMEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/12/1987
  • Fecha de publicación: 03/12/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 04/12/1987
  • Fecha de derogación: 10/10/1993
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Orden de 1 de octubre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-24523).
  • SE AÑADE:
    • el apartado I) al art. 1, por Orden de 11 de mayo de 1992 (Ref. BOE-A-1992-10563).
    • la letra C) al apartado segundo, Número 1, por Orden de 22 de marzo de 1991 (Ref. BOE-A-1991-7838).
Referencias anteriores
Materias
  • Boletín Oficial del Estado
  • Conmemoraciones
  • Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Servicios del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
  • Exposiciones
  • Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
  • Organismos autónomos
  • Patrimonio Nacional
  • Portavoz del Gobierno
  • Sociedades públicas
  • Subsecretaría del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno

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