Padecidos errores en la inserción del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 193, de fecha 13 de agosto de 1985, páginas 25617 y 25618, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 9.°, tres, donde dice: «...notificación de la extinción del empleador...», debe decir: «...notificación de la extinción el empleador...».
Disposición final, segundo párrafo. donde dice: «...de este Real Decreto se tendrá en cuenta...», debe decir: «...de este Real Decreto se tendrán en cuenta...».
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