EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 17 DE JULIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD, NUMERO 570/1985, PROMOVIDA POR LASALA CUARTA DEL TRIBUNAL CENTRO DE TRABAJO, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DELA REGLA DEL ARTICULO 51 DE LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO DE 28 DEDICIEMBRE DE 1983, EN CUANTO AL LIMITE QUE IMPLICA LA CIFRA DE 187.950 PESETAS RESPECTO A LA CUANTIA DE LAS PENSIONES DE JUBILACION ALLI REGULADAS A LA SUMA DELAS CONCURRENTES.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 17 DE JULIO DE 1985.- EL SECRETARIO DE JUSTICIA (FIRMADO Y RUBRICADO).
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