LA EXPERIENCIA RESULTANTE DE LA APLICACION DE LA ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1982, SOBRE DELEGACION DE COMPETENCIAS EN EL DEPARTAMENTO, ACONSEJA INTRODUCIR ALGUNAS MODIFICACIONES EN LO QUE SE REFIERE A LA DELEGACION DE FACULTADES EN MATERIA DE CONTRATACION, DE MODO QUE SE LOGRE UNA MAYOR EFICACIA EN LA GESTION ADMINISTRATIVA
EN SU VIRTUD, AL AMPARO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER :
PRIMERO.-SE MODIFICA LA ORDEN DE ESTE MINISTERIO DE 27 DE DICIEMBRE DE 1982, SOBRE DELEGACION DE COMPETENCIAS, EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:
A) QUEDAN DELEGADAS EN LOS TITULARES DE LOS RESPECTIVOS CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO LAS SIGUIENTES COMPETENCIAS DEL MINISTRO:
A) LA APROBACION DE LOS PROYECTOS QUE HAN DE SER OBJETO DE UN EXPEDIENTE DE CONTRATACION
B) LA FACULTAD PARA DICTAR EL ACUERDO DE INICIACION DE LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACION
C) LA FACULTAD DE ACORDAR LA INCLUSION EN LOS CONTRATOS DE LA CLAUSULA DE REVISION DE PRECIOS
B) SE AMPLIA LA DELEGACION EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS PARA ORDENAR LA DEVOLUCION DE LAS FIANZAS DEFINITIVAS QUE HAYAN SIDO CONSTITUIDAS A FAVOR DEL MINISTERIO, UNA VEZ EFECTUADA LA RECEPCION DEFINITIVA DE LA OBRA, SERVICIO, SUMINISTRO O ASISTENCIA TECNICA, CUALQUIERA QUE SEA EL IMPORTE DE LOS CONTRATOS
SEGUNDO.-LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN, QUE TENDRA EFECTOS DESDE LA APLICACION DE LA ORDEN SOBRE GESTION INTERNA DE LOS CREDITOS DEL DEPARTAMENTO PARA 1984, NO AFECTARA A LO ESTABLECIDO EN LOS APARTADOS 5. Y 6. DE LA ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1982
MADRID, 31 DE DICIEMBRE DE 1983.-BARON CRESPO
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