El Decreto 1561/1974, de 31 de mayo (<Boletín Oficial del Estado> de 11 de junio), aprobó la resolución-tipo para la fabricación mixta de retroexcavadoras con pala frontal cargadora de 50 CV hasta 150 CV de potencia útil, con una vigencia de dos años. Esta resolución-tipo ha sido modificada por Decreto 112/1975, de 16 de enero (<Boletín Oficial del Estado> de 5 de febrero), prorrogada y modificada por Real Decreto 260/1978, de 27 de enero (<Boletín Oficial del Estado> de 3 de marzo), y prorrogada por Reales Decretos 336/1979, de 26 de enero (<Boletín Oficial del Estado> de 26 de febrero); 2017/1980, de 29 de agosto (<Boletín Oficial del Estado> de 8 de octubre); 2383/1982, de 12 de agosto (<Boletín Oficial del Estado> de 24 de septiembre) y 732/1984, de 22 de febrero (<Boletín Oficial del Estado> de 16 de abril).
Persistiendo en la actualidad las circunstancias que motivaron la aprobación de la citada resolución-tipo y estando prevista la aprobación de algunas nuevas autorizaciones-particulares al amparo de la misma, procede prorrogar nuevamente el plazo de vigencia de dicha resolución-tipo.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de diciembre de 1984, dispongo:
Artículo 1. Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1985, a partir de la fecha de su caducidad, la resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de retroexcavadoras con pala frontal cargadora de 50 CV hasta 150 CV de potencia útil, establecida por Decreto 1561/1974, de 31 de mayo, y modificada por Decreto 112/1975, de 16 de enero, y Real Decreto 260/1978, de 27 de enero.
Art. 2 El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Dado en Madrid a 12 de diciembre de 1984.- JUAN CARLOS R.- El Ministro de Economía y Hacienda, Miguel Boyer Salvador.
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