El Decreto 1562/1974, de 31 de mayo (<Boletín Oficial del Estado> de 11 de junio), aprobó la Resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta de turbinas de vapor de potencia igual o inferior a 125 MW para centrales térmicas, con una vigencia de cuatro años. Esta Resolución-tipo ha sido modificada, por lo que respecta al grado de nacionalización, por el Decreto 112/1975, de 16 de enero (<Boletín Oficial del Estado> de 5 de febrero) y ha sido prorrogada por Reales Decretos 2481/1978, de 29 de septiembre (<Boletín Oficial del Estado> de 24 de octubre) y 2097/1982, de 30 de julio (<Boletín Oficial del Estado> de 2 de septiembre).
Persistiendo en la actualidad las circunstancias que motivaron la aprobación de la citada Resolución-tipo y estando prevista la aprobación de algunas nuevas autorizaciones-particulares al amparo de la misma, procede prorrogar nuevamente el plazo de vigencia de dicha Resolución-tipo.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de junio de 1984, dispongo:
Artículo único.-Queda prorrogado por un plazo de dos años, a partir de la fecha de su caducidad, el plazo de vigencia de la Resolución-tipo establecida por Decreto 1562/1974, de 31 de mayo (<Boletín Oficial del Estado> de 11 de junio).
Dado en Madrid a 20 de junio de 1984.-JUAN CARLOS R.-El Ministro de Economía y Hacienda, Miguel Boyer Salvador.
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