Los Reales Decretos 1031 Y 1032/1984, establecen las normas de regulación del mercado de cereales en la campaña de comercialización 1984/85, encomendando en su artículo 11 a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la determinación de los correspondientes precios testigo. Asimismo, en la disposición final primera del mencionado Real Decreto 1031/1984 se faculta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para que, en la esfera de sus competencias, adopte las disposiciones oportunas para el desarrollo de lo que en el mismo se establece.
En su virtud, y previo informe de la Secretaría General Técnica, se dispone lo siguiente:
1. La determinación del precio testigo a que se refiere el artículo 11 del Real Decreto 1031/1984 se realizará semanalmente por la Secretaría General Técnica y se expresará en pesetas/kilo.
2. los cereales para los que se determinará el precio testigo en la campaña 1984/85, referido a las calidades-tipo establecidas en el Real Decreto 1031/1984, son los siguientes:
Trigo blando, tipo II
Cebada, tipo II
Maíz
3. Para cada uno de los cereales citados, las zonas consideradas como más deficitarias y sus respectivas ponderaciones para el cálculo del precio testigo son los que figuran en el anexo a esta disposición.
4. Los precios testigo se comunicarán semanalmente al FORPPA, al SENPA y a la Dirección General de Comercio Interior, se expondrán al público en los tablones de anuncios de dichos Centros directivos y serán objeto de la difusión oportuna para conocimiento de los interesados.
Madrid, 30 de mayo de 1984.-ROMERO HERRERA.
ANEXO
A) Trigo blando. Tipo II
Zonas más deficitarias * Ponderación - Porcentaje *
Barcelona * 25 *
Huesca * 17 *
Zamora * 13 *
Jaén * 12 *
Madrid * 11 *
Alicante * 10 *
Ciudad Real * 9 *
Vizcaya * 3 *
B) Cebada. Tipo ll
Zonas mas deficitarias * Ponderación - Porcentaje *
Lérida * 40 *
Murcia * 13 *
Asturias * 8 *
Madrid * 10 *
La Coruña * 7 *
Valencia * 10 *
Sevilla * 8 *
León * 4 *
C) Maíz
Zonas más deficitarias * Ponderación - Porcentaje *
Barcelona * 35 *
Valencia * 18 *
La Coruña * 13 *
Asturias * 10 *
Valladolid * 11 *
Murcia * 6 *
Huesca * 4 *
Sevilla * 3 *
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