JUAN CARLOS I,
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Artículo único.
A la dotación global del Tesoro al Crédito Oficial en el ejercicio de 1984, prevista en el número 1 del artículo 25 de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, se adiciona la cifra de 22.700 millones de pesetas, con objeto de que el Instituto de Crédito Oficial pueda financiar el préstamo de 150 millones de dólares USA a concertar con el Reino de Marruecos, de conformidad con el Acuerdo de cooperación sobre Pesca Marítima entre España y dicho Reino de Marruecos.
El importe de la adición a que se refiere el párrafo anterior podrá ser ampliado, en su caso, hasta el límite que resulte necesario según la cotización de la peseta con respecto al dólar USA al momento de instrumentar la referida operación de préstamo.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 9 de mayo de 1984.-JUAN CARLOS R.-El Presidente del Gobierno, Felipe González Márquez.
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