Real Decreto 1644/ 1981, de 3 de agosto, por el que se modifica la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Mataderos, Salas de Despiece, Centros de Contratación, Almacenamiento y Distribución de Carnes y Despojos y se fijan las condiciones mínimas de los Mataderos Municipales.
Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 1981, páginas 17897 a 17898 (2 págs.)
Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.
ANÁLISIS
Rango: Real Decreto
Fecha de disposición: 03/08/1981
Fecha de publicación: 05/08/1981
Fecha de entrada en vigor: 06/08/1981
Referencias posteriores
SE MODIFICA el art. 1 del Anexo II por Real Decreto 333/1984, de 25 de enero (Ref. BOE-A-1984-4311).
SE PRORROGA los Plazos establecidos, por Real Decreto 169/1983, de 2 de febrero (Ref. BOE-A-1983-3836).
CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 241, de 8 de octubre de 1981 (Ref. BOE-A-1981-23038).
Referencias anteriores
DEROGA para los MATADEROS indicados, el párrafo segundo de la disposición transitoria primera del Real Decreto 3263/1976, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1977-3081).
AMPLÍA el plazo establecido en el art. 3, y Mantiene el del art. 1 del Real Decreto 158/1981, de 16 de enero (Ref. BOE-A-1981-2637).
CITA:
Real Decreto 2685/1980, de 17 de octubre (Ref. BOE-A-1980-26974).
Reglamento aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre (Ref. BOE-A-1961-22449).