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Documento BOE-A-1980-7365

Real Decreto 650/1980, de 24 de marzo, por el que se prorroga la suspensión total de aplicación de los derechos arancelarios que gravan la importación de amoníaco.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 9 de abril de 1980, páginas 7625 a 7625 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1980-7365
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1980/03/24/650

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto mil veinticuatro/mil novecientos setenta y nueve, de cuatro de abril, dispuso la suspensión total de aplicación de derechos arancelarios a la importación de amoníaco licuado, que fue prorrogada hasta el día treinta y uno de marzo de mil novecientos ochenta por Real Decreto dos mil novecientos cincuenta y tres/mil novecientos setenta y nueve, de diecisiete de diciembre.

Por subsistir las razones y circunstancias que motivaron dicha suspensión, es aconsejable prorrogarla, haciendo uso, a tal efecto, de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo, y previa aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiuno de marzo de mil novecientos ochenta,

DISPONGO:

Artículo único.

En el periodo comprendido entre los días uno de abril y treinta de junio, ambos inclusive, del año mil novecientos ochenta, seguirá vigente la suspensión total de aplicación de los derechos arancelarios establecidos a la importación de amoniaco licuado, clasificado en la partida veintiocho punto dieciséis A del Arancel de Aduanas.

Dado en Madrid a veinticuatro de marzo de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Comercio y Turismo,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 24/03/1980
  • Fecha de publicación: 09/04/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 29/04/1980
  • Efectos De la prórroga de suspensión desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 1980.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Suspensión establecida por el Real Decreto 1024/1979, de 4 de abril (Ref. BOE-A-1979-11747).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA Real Decreto 2953/1979, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-1980-535).
Materias
  • Derechos arancelarios
  • Importaciones
  • Productos químicos

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