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Documento BOE-A-1979-24057

Real Decreto 2344/1979, de 28 de septiembre, por el que se prorroga la suspensión total de aplicación de los derechos arancelarios que gravan la importación de amoniaco.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 1979, páginas 23665 a 23665 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-24057
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/09/28/2344

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto mil veinticuatro/mil novecientos setenta y nueve, de cuatro de abril, dispuso la suspensión total de aplicación de derechos arancelarios a la importación de amoníaco licuado, que fue prorrogado hasta el día cuatro de octubre del año actual por Real Decreto mil novecientos cuatro/mil novecientos setenta y nueve, de ocho de julio.

Por subsistir las razones y circunstancias que motivaron dicha suspensión es aconsejable prorrogarla, haciendo uso a tal efecto de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo, y previa aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiocho de septiembre de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

En el periodo comprendido entre los días cinco de octubre y treinta y uno de diciembre, ambos inclusive, del presente año, seguirá vigente la suspensión total de aplicación de los derechos arancelarios establecidos a la importación de amoníaco licuado, clasificado en la partida veintiocho punto dieciséis A del Arancel de Aduanas.

Dado en Madrid a veintiocho de septiembre de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Comercio y Turismo,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/09/1979
  • Fecha de publicación: 11/10/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 31/10/1979
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA la Suspensión, por Real Decreto 2953/1979, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-1980-535).
Referencias anteriores
  • AMPLÍA Real Decreto 1904/1979, de 8 de julio (Ref. BOE-A-1979-19216).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • DECLARA la vigencia hasta el 31 de diciembre de 1979 la Suspensión Total Prevista en el Real Decreto 1024/1979, de 4 de abril (Ref. BOE-A-1979-11747).
Materias
  • Derechos arancelarios
  • Importaciones
  • Productos químicos

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