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Documento BOE-A-1978-7365

Orden de 28 de febrero de 1978 por la que se desarrolla a nivel de Divisiones y Unidades inferiores la estructura orgánica de los Laboratorios del Instituto Nacional para la Calidad de la Edificación.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 1978, páginas 6410 a 6411 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1978-7365

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El Decreto 3546/1975, de 5 de diciembre, por el que se introducen determinadas modificaciones en las funciones y estructuras del Instituto Nacional para la Calidad de la Edificación, regula en el artículo noveno los Laboratorios Provinciales para el Control de la Calidad y determina en el artículo 5.°, f), que corresponde al Consejo de Dirección y Administración proponer la organización de los Servicios Provinciales del Organismo.

En su virtud, y en consideración a los Laboratorios que actualmente están en funcionamiento, a propuesta del Consejo de Dirección y Administración y previa la aprobación de la Presidencia del Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

Los Laboratorios Provinciales de Albacete, Alicante, Badajoz, Burgos, Cáceres, Córdoba, Granada, Huelva, La Coruña, Málaga, Las Palmas, Palma de Mallorca, Oviedo, Santander, Valladolid y Vitoria tendrán las siguientes funciones: Realizar el ensayo y control de calidad de los materiales que intervienen en las obras de hormigón en masa o armado, materiales pétreos y cerámicos o los asimilables a los mismos; ensayos de identificación de suelos; ensayos de información y prueba de cargas en estructuras, vigilancia del cumplimiento de los sellos o marcas de calidad reconocidos, y auxiliar en la supervisión del funcionamiento de los Laboratorios homologados.

Se estructurarán en las siguientes unidades:

1. División de Ensayos Químicos.

1.1. Negociado de Control de Estructuras de Hormigón Armado y Materiales.

Artículo 2.

Los Laboratorios de Barcelona y Santa Cruz de Tenerife, además de las funciones relacionadas en el artículo anterior, tendrán a su cargo el control de uniones soldadas en estructuras metálicas y ensayos necesarios para la realización de informes geotécnicos; realizar las pruebas de servicios de las instalaciones y sobre cumplimiento de las especificaciones en cuanto a aislamientos.

Se estructurarán en las siguientes unidades:

1. Subjefatura de Laboratorio Provincial.

1.1. División de Ensayos Químicos.

1.2. División de Estructuras Metálicas y Ensayos Físicos.

1.2.1. Negociado de Control de Estructuras de Hormigón Armado y Materiales.

1.2.2. Negociado de Mecánica del Suelo.

Artículo 3.

El Laboratorio Provincial de Madrid, además de las funciones relacionadas en el artículo segundo tendrá a su cargo realizar cuantos ensayos no indicados anteriormente sean necesarios para el control de calidad de los materiales, equipos y sistemas empleados en la edificación; la asistencia técnica de los restantes laboratorios de la red, así como la formación y reciclaje de su personal; la investigación y experimentación de las técnicas a emplear para el desarrollo de los ensayos y estudios sobre materiales a los que haya de concederse sello de calidad, así como para la mejora de la calidad de la edificación en general.

Se estructurará en las siguientes unidades:

1. División de Ensayos Químicos y Físicos.

1.1. Negociado de Ensayos Mecánicos.

1.2. Negociado de Ensayos no Destructivos.

2. División de Control.

2.1. Negociado de Control de Hormigones.

2.2. Negociado de Pruebas de Elementos Estructurales.

2.3. Negociado de Reconocimiento de Obras.

3. División de Mecánica del Suelo.

3.1. Negociado de Ensayos de Laboratorio.

4. División de Control de Yesos y Escayolas.

4.1. Negociado de Ensayos de Laboratorio.

4.2. Negociado de Mantenimiento y Conservación.

Artículo 4.

Las Subjefaturas y Divisiones tendrán nivel orgánico de Sección.

Artículo 5.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 28 de febrero de 1978.

GARRIGUES WALKER

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional para la Calidad de la Edificación.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/02/1978
  • Fecha de publicación: 17/03/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 17/03/1978
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 9 del Decreto 3546/1975, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-1976-547).
Materias
  • Instituto Nacional para la Calidad de la Edificación
  • Laboratorios
  • Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo

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