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Documento BOE-A-1978-18905

Orden de 19 de julio de 1978 sobre composición y funcionamiento de la Junta Técnica de Archivos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 26 de julio de 1978, páginas 17575 a 17576 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1978-18905

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimo e Ilustrísimos señores:

La Orden de 31 de enero de 1978, de desarrollo de los Reales Decretos 2258/1977, de 27 de agosto, y 132/1978, de 13 de enero, adscribe a la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos la Junta Técnica de Archivos,

La composición de la Junta Técnica de Archivos, como órgano asesor y consultivo de la extinguida Comisaría Nacional de Archivos no responde a la realidad de la situación actual, por lo que se hace necesario integrarla de acuerdo con las nuevas directrices que han de presidir la actuación de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos. En su virtud, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

La Junta Técnica de Archivos será órgano asesor y consultivo de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

Artículo 2.

La Junta Técnica de Archivos estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: El Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos, quien podrá delegar en el Subdirector de Archivos.

Vicepresidente: Será Vicepresidente, por rotación anual, uno de los Directores de los Archivos Históricos de ámbito nacional (de la Corona de Aragón, de Simancas, de Indias e Histórico Nacional).

Vocales natos:

Los tres Directores de los Archivos Históricos de ámbito nacional a quienes no haya correspondido la Vicepresidencia.

El Inspector general de Archivos.

El Director de Archivo Regional y de Distrito con más tiempo de servicio en el Cuerpo Facultativo de Archiveros y Bibliotecarios.

El Director de Archivo Histórico Provincial con más tiempo de servicio en el Cuerpo Facultativo de Archiveros y Bibliotecarios.

El Director de Archivo Administrativo con más tiempo de servicio en el Cuerpo de Archiveros y Bibliotecarios.

Vocales designados: Seis funcionarios del Cuerpo Facultativo de Archivos y Bibliotecas en servicio activo: uno que preste sus servicios en alguno de los Archivos Regionales y de Distrito, otro en los de la Administración periférica, dos en alguno de los Archivos Históricos Provinciales y dos sin consideración e su destino.

Secretario: Será Secretario de la Junta el Vocal más joven con residencia en Madrid.

Artículo 3.

Corresponderá al Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos la designación de los Vocales a que hace referencia el artículo anterior.

Artículo 4.

1. La Junta Técnica de Archivos se reunirá al menos una vez al año y cuantas veces sea necesario o el Presidente considere oportuna su reunión, pudiendo asimismo ser convocada a petición de la mitad más uno de sus componentes.

2. La Junta Técnica de Archivos acomodará su funcionamiento a lo establecido en el capítulo II, título I de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Disposición final.

La presente Orden ministerial deroga cuantas disposiciones de igual rango se opongan a lo establecido en ella, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. E. y a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y a VV. II. muchos años.

Madrid, 19 de julio de 1978.

CABANILLAS GALLAS

Excmo. e Ilmos. Sres. Secretario de Estado de Cultura, Subsecretario de Cultura y Director general del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/07/1978
  • Fecha de publicación: 26/07/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 27/07/1978
  • Fecha de derogación: 30/06/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Orden de 31 de enero de 1978 (Ref. BOE-A-1978-4182).
    • art. 130.2 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
  • CITA:
Materias
  • Archivos
  • Dirección General del Patrimonio Artístico Archivos y Museos
  • Ministerio de Cultura

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