Advertido error en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 196, de fecha 17 de agosto de 1977, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 18329, donde dice: B) Régimen Consular, punto 5.3, línea tercera: «Se regirá por lo dispuesto en el caso tercero de la disposición tercera del arancel», debe decir: «Se regirá por lo dispuesto en el caso segundo de la disposición tercera del arancel».
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