En la reunión de 12 de abril de la Junta Superior Arancelaria, se aprobaron diversas modificaciones del Arancel, algunas de las cuales, las que afectan a la estructura arancelaria, requieren la asignación de los códigos numéricos correspondientes, y ello con la anticipación adecuada, a fin de que cuando aparezcan en el «Boletín Oficial del Estado» los Decretos del Ministerio de Comercio, dándoles vigencia, pueda esa Administración hacerlos operativos.
En consecuencia, esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, acuerda lo siguiente:
Asignar los siguientes códigos numéricos, definidores de otras tantas posiciones estadísticas, consecuencia de las modificaciones antes citadas, que a continuación se especifican:
Establecer las siguientes posiciones estadísticas y sus códigos numéricos correspondientes, para desglosar, dentro de la partida arancelaria 22.01.A, las mercancías cuyo tipo de desgravación ha sido modificado.
En la vigente correlación, anexo de la Circular 775, deben corregirse algunas erratas advertidas y efectuarse las modificaciones siguientes:
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y el de los servicios de esa provincia.
Dios guarde a V. S.
Madrid, 5 de mayo de 1977.—El Director general, Germán Anllo Vázquez.
Sr. Administrador de la Aduana de...
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