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Documento BOE-A-1976-1938

Corrección de errores del Decreto 3595/1975, de 25 de noviembre, por el que se agrega al Código de la Circulación un nuevo capítulo que regula las condiciones que deben cumplir los vehículos especiales y sus conductores y se modifican diversos artículos del mismo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 1976, páginas 1898 a 1898 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1976-1938

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del mencionado Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 11, de fecha 13 de enero de 1976, páginas 661 a 667, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el artículo 145, a), línea 3, donde dice: «mismo color cuando», debe decir: «mismo color, cuando».

En el artículo 145, b), línea 13, donde dice: «ocupe, como mínimo», debe decir: «ocupen, como mínimo».

En el artículo 146, I, línea 13, donde dice: «centros de superficies», debe decir: «centros de las superficies».

En el artículo 221, línea 3, donde dice: «no autoriza a», debo decir: «no autorizan a».

En el artículo 235, líneas 5-6, donde dice: «grueso de trazado», debe decir: «grueso de trazo».

En la disposición transitoria tercera, A, 4, donde dice: «Luz-testigo se señalización», debe decir: «Luz-testigo de señalización».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 29/01/1976
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2009-9481).
  • Fecha de derogación: 08/12/2009
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Decreto 3595/1975, de 25 de noviembre (Ref. BOE-A-1976-686).
Materias
  • Código de la Circulación
  • Vehículos de motor

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