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Documento BOE-A-1976-16018

Corrección de errores del Real Decreto 1866/1976, de 23 de julio, por el que se amplía la Lista-apéndice del Arancel de Aduanas con bienes de equipo correspondientes a las partidas arancelarias 84.10-F-2, 84.17-G, 84.21-A-3, 84.33-A-4, 84.45-C-5, 84.45-C-6, 84.45-C-9, 81.45-C-10, 84.45-C-13, 84.59-K, 85.01-B-2, 85.11-B, 85.19-E y 90.28-C-7; se prorroga la inclusión en dicha Lista de los referentes a las partidas arancelarias 84.09, 84.14-F, 84.16-A, 84.17-G, 84.19-D, 84.22-G-4, 84.22-I, 84.30, 84.33-L, 84.44-A-2, 84.45-C-1-d, 84.45-C-5, 84.45-C-11, 84.45-C-16, 84.56-E, 84.59-K, 85.11-A-2-c y 90.28-C-7; se prorroga la inclusión y se modifica la descripción de los pertenecientes a las partidas arancelarias 84.45-C-1-a, 84.45-C-1-a-1 y 84.45-C-1-a-2; se modifica la descripción de los pertenecientes a las partidas arancelarias 84.33-L, 84.35-C, 84.45-C-9, 84.45-C-10 y 84.45-C-14, y se excluye de la citada Lista el bien de equipo correspondiente a la partida arancelaria 84.45-C-8-a.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 20 de agosto de 1976, páginas 16245 a 16245 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1976-16018

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 185, de fecha 3 de agosto de 1976, páginas 15013 al 15016, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el artículo 2.º, décima descripción, donde dice: «Máquinas para la preparación de pescados: descabezadoras, evisceradoras, descabezadoras evisceradoras combinadas, fileteadoras, descabezadoras fileteadoras combinadas, troceadoras y cortadoras de cuchillos múltiples para obtención de rodajas, tiras o cubitos; abridoras de bacalao, desolladoras, separadoras de espinas, porcionadoras…», debe decir: «Máquinas para la preparación de pescados: descabezadoras; evisceradoras; descabezadoras evisceradoras combinadas; fileteadoras; descabezadoras fileteadoras combinadas; troceadoras y cortadoras de cuchillas múltiples para obtención de rodajas, tiras o cubitos; abridoras de bacalao; desolladoras; separadoras de espinas; porcionadoras…» En el mismo artículo, duodécima descripción, donde dice: «Laminadoras… con reductores, centrales hidráulicas y de engrases y …», debe decir: «Laminadores… con sus reductores, centrales hidráulicas y de engrase y…».

En el artículo 5.º, P. A. 84.45-C-9, donde dice: «…; máquinas monobloques para punzonado y estatores de diámetro superior a 1.500 milímetros…», debe decir: «…; máquinas monobloques para punzonado y recorte secuencial automático de chapas de rotores y estatores de diámetro superior a 1.500 milímetros».

En el mismo artículo, P. A. 84.45-C-10, donde dice: «… eléctricos o hidráulicos…», debe decir: «… eléctricos e hidráulicos…».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 20/08/1976
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1455/1987, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-26784).
  • Fecha de derogación: 01/01/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1866/1976, de 23 de julio (Ref. BOE-A-1976-14874).
Materias
  • Arancel de Aduanas
  • Bienes de equipo

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