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Documento BOE-A-1975-17224

Corrección de erratas de la Orden de 15 de julio de 1975 por la que se actualiza el canon por tonelada de mercancía manipulada por los estibadores portuarios en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 1975, páginas 17287 a 17287 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1975-17224

TEXTO ORIGINAL

Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 176, de fecha 24 de julio de 1975, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Anexo: Grupos de mercancías.

Grupo segundo: Donde, dice: «Oxido en bruto sin moler»,, debe decir: «Oxido rojo en bruto sin moler».

Grupo cuarto: Donde dice: «Extrato tintóreo», debe decir: «Extracto tintóreo».

Grupo quinto: A continuación de «Capitones vacíos», debe decir: «Contenedores vacíos».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 14/08/1975
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 10 de abril de 1976 (Ref. BOE-A-1976-7946).
  • Fecha de derogación: 04/05/1976
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Orden de 15 de julio de 1975 (Ref. BOE-A-1975-15823).
Materias
  • Estibadores portuarios
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social

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