La Comisión de Estadística de este Departamento, creada por Orden comunicada de 1 de febrero de 1965, fue objeto de sucesivas reorganizaciones, estando actualmente reguladas sus funciones y composición por Orden de 26 de diciembre de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1973), con la modificación que en cuanto a su vicepresidencia establece la Orden de 19 de diciembre de 1973 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de enero de 1974).
En la reorganización del Ministerio hecha por Decreto 2529/1973, de 17 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 17 de octubre), figuran, entre las competencias atribuidas por su artículo segundo a la Subdirección General de Gestión Económica y Régimen Interior de la Subsecretaría, las relativas a los servicios mecanizados y tratamiento de la información, a través del Centro de Proceso de Datos. Asimismo, el Decreto-ley 11/1972, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1973), reorganizó los Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE), estableciendo a través de este Ministerio su relación con el Gobierno.
La experiencia adquirida en el funcionamiento de la Comisión y el interés que para el mejor desarrollo de sus cometidos ofrecen, tanto los elementos de que dispone la Subsecretaría como el servicio público encomendado a FEVE, aconsejan completar con representaciones de una y otra la composición de aquélla, y en consecuencia,
Este Ministerio ha tenido, a bien modificar el apartado segundo de la Orden de 26 de diciembre de 1972, que reorganizó la Comisión de Estadística del Departamento, apartado que quedará redactado así:
«Segundo.–La Comisión quedará constituida de la siguiente forma:
Presidente: El Secretario general Técnico.
Vicepresidente: El Subdirector general de Programación Económica.
Vocales: Un representante de la Subsecretaría y de cada una de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica, con nivel administrativo no inferior a Jefe de sección; un representante de RENFE y otro de FEVE, designados por los respectivos Presidentes de sus Consejos de Administración, y el Delegado del Instituto Nacional de Estadística en el Departamento. La Subsecretaría, las Direcciones Generales, la Secretaría General Técnica, RENFE y FEVE podrán designar un suplente del Vocal titular respectivo.
Secretario: El Jefe del Gabinete de Estadística de la Secretaría General Técnica, asistido por un Jefe de negociado del citado Gabinete, en funciones de Secretario adjunto.»
Lo que digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 27 de junio de 1975.
VALDÉS Y GONZÁLEZ-ROLDAN
Ilmos. Sres. Subsecretario, Directores generales y Secretario general Técnico del Departamento y Presidentes de los Consejos de Administración de RENFE y FEVE.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid