Orden de 2 de julio de 1965 por la que, aclarando la aplicación de las tarifas generales de los Derechos Obvencionales de los Funcionarios de Aduanas, las mercancias que se citan puedan beneficiarse de excepciones contenidas en tales tarifas.
Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 1965, páginas 9943 a 9944 (2 págs.)