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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 21/01/2011
  • Fecha de publicación: 04/02/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 01/02/2011
  • Publicada en el BOC núm. 17, de 25 de enero de 2011.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • los arts. 4, 12, 17 y disposición transitoria 2, por Ley 7/2023, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2024-10011).
    • el art. 19 y la disposición adicional 1, por Ley 6/2021, de 28 de diciembre de 2021 (Ref. BOE-A-2022-2544).
    • el art. 12.3 y la disposición transitoria 2, por Ley 7/2020, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-2396).
    • el art. 12 y la disposición transitoria 2, por Ley 19/2019, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-1566).
    • el art. 12.2 y la disposición transitoria 2, por Ley 7/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-860).
    • el art. 12.1 y 2, y la disposición transitoria 2, por Ley 7/2017, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-1684).
    • el art. 12 y la disposición transitoria 2, por Ley 3/2016, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-6861).
    • el art. 12 y la disposición transitoria 2ª, por Ley 11/2015, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-1607).
    • Arts. 8 al 10, 12, 16, 18 y 19 y las disposiciones adicional 1 y transitoria 2, por Ley 9/2014, de 6 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-11996).
    • los arts. 12 y 19 y disposición transitoria 2, por Ley 10/2012, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-795).
    • los arts. 4.6, 7.1 y 11.2, por Ley 4/2012, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2012-9282).
    • el art. 12 y la disposición transitoria 2, por Ley 12/2011, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-1257).

Referencias anteriores

  • DEROGA el art. 50 y MODIFICA lo indicado del título III del Decreto Legislativo (Ref. BOC-j-1994-90001).
  • MODIFICA arts. 37 y 41 y AÑADE el 38 bis al Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril (Ref. BOC-j-2009-90008).
  • DE CONFORMIDAD con:

Materias

  • Canarias
  • Cesión de Tributos
  • Sistema tributario
  • Tabaco
  • Tasas

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