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Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 05/12/2007.
Entrada en vigor:
01/01/2008
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2007-20910
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/2007/12/04/40/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 04/12/2007
  • Fecha de publicación: 05/12/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2008
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 1 de enero de 2008.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA:
    • las disposiciones adicionales 5, 9, 14 y 27, por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11724).
    • la disposición final 5, por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11719).
    • Disposición adicional 10, por Ley 48/2015, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11644).
  • SE DECLARA:
    • en la Cuestión 6487/2011, la pérdida de objeto respecto del párrafo 5 del art. 174.3 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, en relación con la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada, por Sentencia 60/2014, de 5 de mayo (Ref. BOE-A-2014-5862).
    • en los términos señalados en el fj 6, inconstitucional y nulo el párrafo 5 del art. 174.3 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por el art. 5.3, por Sentencia 40/2014, de 11 de marzo (Ref. BOE-A-2014-3883).
  • Cuestión 4921/2012 promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 174.2.2 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por el art. 5.3 (Ref. BOE-A-2013-9733).
  • SE DECLARA:
    • en la Cuestión 5642/2012, la extinción por desaparición sobrevenida de su objeto, en relación con la disposición adicional 3.c), por Auto de 9 de abril de 2013 (Ref. BOE-A-2013-4118).
    • en la Cuestión 6391/2010, la extinción por desaparición sobrevenida de su objeto, en relación con la disposición adicional 3.c), por Auto de 12 de marzo de 2013 (Ref. BOE-A-2013-3205).
    • en la CUESTIÓN 8970/2008, inconstitucional y nula la disposición adicional 3.c), por Sentencia 41/2013, de 14 de febrero (Ref. BOE-A-2013-2724).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición final 2, en relación con la prestación de incapacidad temporal: Real Decreto 1430/2009, de 11 de septiembre (Ref. BOE-A-2009-15442).

Referencias anteriores

  • MODIFICA:
    • Determinandos preceptos y AÑADE los arts. 161 bis, 174 bis y las disposiciones adicional 45 y transitorias 16 y 17 a la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).
    • art. 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21052).
    • art. 2.b) del Decreto 2864/1974, de 30 de agosto (Ref. BOE-A-1974-1625).
    • art. 20.2, 21.3 y 22 de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2000-12140).
    • art. 12 y AÑADE una disposición transitoria 12 a la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Disposición adicional 1.1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21760).
    • art. 87.1.e) de la Ley 7/2007, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2007-7788).
  • SUPRIME la disposición transitoria 9 de la Ley 53/1984, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1985-151).

Materias

  • Clases Pasivas
  • Contratos de trabajo
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Empleados públicos
  • Familia
  • Familias numerosas
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Incapacidades laborales
  • Jubilación
  • Pensiones
  • Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Seguridad Social
  • Trabajadores
  • Violencia de género

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