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Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región de Murcia.

Publicado en:
«BORM» núm. 146, de 25/06/1996, «BOE» núm. 238, de 02/10/1996.
Entrada en vigor:
15/07/1996
Departamento:
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Referencia:
BOE-A-1996-21850
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-mc/l/1996/06/14/4/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 14/06/1996
  • Fecha de publicación: 02/10/1996
  • Fecha de entrada en vigor: 15/07/1996
  • Publicada en el BOMU núm. 146, de 25 de junio de 1996.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE SUPRIME la disposición adicional única, por Decreto-ley 4/2020, de 30 de abril (Ref. BORM-s-2020-90152).
  • SE DECLARA la vigencia de la disposición adicional única: en BORM núm. 77, de 2 de abril de 2020 (Ref. BORM-s-2020-90082).
  • SE SUPRIME la disposición adicional única, por Decreto-ley 1/2020, de 13 de febrero (Ref. BORM-s-2020-90039).
  • SE DECLARA:
    • en el Recurso 1302/2017, su desestimación en relación con el art. 19 bis, en la redacción dada por el art. 2.2 de la Ley 10/2016, de 7 de junio, por Sentencia 102/2018, de 4 de octubre (Ref. BOE-A-2018-15006).
    • en el Recurso 1302/2017, el levantamiento de suspensión de vigencia y aplicación del art. 19 bis, en la redacción dada por el art. 2.2 de la Ley 10/2016, de 7 de junio, por Auto de 6 de septiembre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-10491).
  • Recurso 1302/2017, planteado en relación con el art. 19 bis en la redacción dada por el art. 2.2 de la Ley 10/2016, con suspensión, desde el 4 de mayo de 2017, de vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, y desde el 15 de marzo de 2017, para las partes legitimadas (Ref. BOE-A-2017-4818).
  • SE MODIFICA los arts. 2, 34 y SE AÑADE el art. 19 bis, por Ley 10/2016, de 7 de junio (Ref. BOE-A-2016-6647).
  • SE AÑADE con efectos de 27 de septiembre de 2015, la disposición adicional única: Ley 7/2015, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-2015-4748).
  • SE MODIFICA determinados preceptos , añade el art. 24 bis, el título IV, la disposición final 2 y renumera la final única como 1, por Ley 1/2008, de 21 de abril (Ref. BOE-A-2011-2209).

Referencias anteriores

Materias

  • Asociaciones de consumidores
  • Consumidores y usuarios
  • Murcia

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid