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Documento BORME-C-2024-6301

INFOSER NEW TECHNOLOGIES, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 7753 a 7753 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-6301

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el articulo 305 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace publico que la Junta General Extraordinaria de Socios de Infoser New Technologies Sociedad Limitada (la Sociedad), celebrada el día 11 de noviembre de 2024, a las 9 horas en primera convocatoria, y a las 9:30 horas en segunda convocatoria, en el domicilio social de la mercantil, adoptó, entre otros acuerdos, la ampliación de capital social, mediante aportación dineraria, por importe de ciento veinte mil euros, mediante la creación de ciento veinte mil (120.000), nuevas participaciones sociales de un euro (1,00 euro) de valor nominal cada una, todas ellas con los mismos derechos económicos y políticos a las anteriores y numeradas correlativamente a partir de la 10.001 y la consiguiente modificación del artículo 6º de los estatutos sociales.

Se hace constar a los efectos oportunos, el derecho de los socios a asumir un número de participaciones sociales proporcional al valor nominal de las que posea, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, todo ello de conformidad con los artículos 304 y 305 de la LSC.

Para ejercitar el citado derecho de preferencia, en el mencionado plazo de un mes, los socios deberán remitir a la Sociedad una comunicación en la que pongan de manifiesto su voluntad de asumir participaciones y la identificación del número de participaciones que se deseen asumir.

Quienes asuman las nuevas participaciones quedan obligados a hacer su aportación desde el momento mismo de la suscripción, mediante ingreso en la cuenta de la sociedad que se comunicará una vez se haya puesto de manifiesto la voluntad de asumir las nuevas participaciones.

Se prevé la suscripción incompleta de la ampliación de capital acordada, (artículo 310 de la Ley de Sociedades de Capital), por lo que el capital social de la Sociedad se aumentará finalmente en la cuantía de las asunciones efectivamente realizadas siempre que se llegue al 60 por 100 de la ampliación de capital propuesta.

Madrid, 15 de noviembre de 2024.- El administrador solidario, Don Fernando López Sabando Quirante.

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