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Documento BORME-C-2024-6297

ZEPPELIN TELEVISIÓN, S.A.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

MAGNOLIA TV ESPAÑA, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 7748 a 7748 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6297

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto Ley 5/2023, de transposición de Directiva de la Unión Europea en Materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante RD 5/2023), se hace público que, en fecha 9 de noviembre de 2024, el socio único de ZEPPELIN TELEVISIÓN, S.A.U., ha acordado la fusión por absorción de MAGNOLIA TV ESPAÑA, S.L.U. (sociedad Absorbida) por parte de ZEPPELIN TELEVISIÓN, S.A.U (Sociedad Absorbente) con la consiguiente disolución y extinción de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los elementos del activo y pasivo, así como de los derechos y obligaciones de aquella.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 RD 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, considerándose como un supuesto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 RD 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la ley.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 RD 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en los artículos 5.6 y 46 RD 5/2023, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden. Se hace constar el derecho de protección a los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 RD 5/2023.

Madrid, 18 de noviembre de 2024.- El representante persona física de BANIJAY IBERIA, S.L.U., Administrador único de las sociedades que participan de la fusión, Dª Pilar Blasco Rodrigo.

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