A los efectos previstos en el artículo 8.7 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo y modificado por Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Organización Interprofesional del Aceite de Orujo de Oliva, en la reunión de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 22 de febrero de 2024.
El texto íntegro del acuerdo, así como el resto de la documentación del expediente de solicitud de extensión de normas y aportación económica, puede ser consultado en el portal web del MAPA o presencialmente, mediante comunicación previa, en la Subdirección General de Competitividad de la Cadena Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación – Pº Infanta Isabel, 1 – Madrid.
https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/temas/integracion-asociativa/interprofesionales/norma-tramitacion/default.aspx
Las alegaciones que se estimen oportunas podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado", en el siguiente buzón de correo electrónico: sgcca@mapa.es
Madrid, 12 de marzo de 2024.- El Director General de Alimentación, Jose Miguel Herrero Velasco.
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