Se hace público, de acuerdo con el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Duero O.A ha iniciado, expediente de extinción del siguiente aprovechamiento de aguas
1.- En el Registro de Aguas, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., Sección A, Tomo 72, Hoja 44, Número 16844 figura la siguiente inscripción relativa a un aprovechamiento de aguas superficiales del río Pirón:
Expediente: C-1333-VA: Ref Integra MC-0037/2004
- Nº de inscripción: 16.844
- Clase y afección: Riego
- Titular: D. Cruz Javier Herrero García (05.256.740-K)
- Lugar, Término Municipal y Provincia de La toma: término municipal de Iscar (Valladolid).
- caudal maximo (l/s): 8,80;
- Superficie regable (ha): 10,81
- Título-fecha-autoridad: Resolución 27/10/1982. Dirección General de Obras Hidraúlicas. Transferencia. Escritura de compraventa 15/05/1992. Notario de Valladolid D. Pedro José Bartolomé y Fuentes. Resolución 1 de junio de 2001. Confederacion Hidrográfica del Duero. Inscripción provisional.
- Observaciones: la primitiva concesión a favor de Agustín Muñoz Sobrino S.A. Expediente C-1333-VA.
De acuerdo con la información cartográfica disponible, el aprovechamiento de aguas superficiales C-1333-VA otorgado para riego de una superficie de 10,81 hectáreas, se corresponde con parte de la parcela 5088 del polígono 5, la parcela 5156 del polígono 6 y la parcela 5026 del polígono 15 de Íscar (Valladolid).
2.- El Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe 7 de octubre de 2024 que se inicie el trámite de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que señala que: ''El derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que aquella sea imputable al titular''.
Del informe emitido por el Área de Régimen de Usuarios se desprende que existe una duplicidad de derechos puesto que las parcelas reconocidas con derecho a riego con el expediente C-1333-VA, también tienen derecho a riego con el aprovechamiento de aguas subterráneas de referencia PR-VA-75-52 a favor del mismo titular registral (habiendo sido además dicho aprovechamiento incluido en la Comunidad de Aguas Subterráneas de Tierra de Pinares), por lo que se acordó cancelar el derecho de aguas superficiales C-1333-VA por duplicidad al estar la superficie de riego amparada por el aprovechamiento de aguas subterráneas PR-VA-75-52.
La extinción del aprovechamiento de aguas superficiales C-1333-VA no afectará al aprovechamiento de aguas subterráneas PR-VA-75-52 sin perjuicio de la necesidad de tramitación de expedientes administrativos que pudieran ponerse de manifiesto durante la tramitación del expediente.
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 7 de octubre de 2024 iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de VEINTE DÍAS, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente ED/TR3/ 0071/2024, bien a través del Registro Electrónico (obligatorio para personas jurídicas), o por correo, o en cualquier oficina de asistencia en materia de registros de cualquier Administración u Organismo (art. 16 de la Ley 39/2015).
Valladolid, 8 de noviembre de 2024.- Jefe de Servicio del Registro de Aguas, Ana I. Guardo Pérez.
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