BDNS(Identif.):751848
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751848)
Primero.- Beneficiarios, beneficiarias
Están destinadas a estudiantes (curso 2023-2024) de máster afín a la Astrofísica (preferentemente en Física o Matemáticas).
Segundo.- Objeto, finalidad y duración
La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, seis (6) ayudas para la realización exclusiva de prácticas formativas de estudiantes de máster. Su finalidad es la de formar y dar a conocer a los estudiantes la investigación astrofísica.
Tercero. -Bases reguladoras
ORDEN ECI/3260/2006, de 16 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto de Astrofísica de Canarias, BOE núm. 253 de 23 de octubre de 2006.
Cuarto.- Dotación de las becas.
1.- La dotación de cada una de las Becas de Verano es de 700 Euros brutos mensuales más una cantidad de ayuda para gastos de viaje que se abonará en un pago único cuya cuantía asciende a:
Sesenta (60) euros para residentes en Canarias que no sean residentes en la isla de Tenerife.
Doscientos (200) euros para residentes en España Peninsular, Baleares, Ceuta o Melilla.
Trescientos (300) euros para nacionales de países miembros de la Unión Europea, no residentes en España.
Las personas beneficiarias quedaran comprendidas en el Régimen General de la Seguridad Social, con exclusión de la protección por desempleo. El IAC proporcionará un seguro privado de accidentes.
En el supuesto de que durante la estancia formativa deban efectuar desplazamientos a los observatorios o a otros lugares convenientes para su formación, el IAC podrá abonarles otras ayudas complementarias en la cuantía que se determine, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, previa resolución del Director. Igualmente, los gastos de inscripción y asistencia a cursos, simposios, congresos, etc., que fueran de interés para la especialización de las personas becadas, de acuerdo con su plan de formación específico, podrán ser satisfechos por el IAC en los casos que así se estime conveniente.
El pago de las becas se realizará por mensualidades completas o fracción proporcional al tiempo de disfrute de la beca para los casos en el que el becario inicie o finalice su relación sin coincidir con el mes natural.
Los importes fijados son cantidades íntegras. Dichas cantidades estarán sujetas a la retención que proceda del I.R.P.F.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
1.- El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto.- Otros datos
Los beneficiarios se incorporarán el 15 de julio de 2024, fecha que figurará en la comunicación individual que se les remitirá.
Las personas seleccionadas deberán presentar, antes de su incorporación, los documentos originales de los méritos alegados para que puedan ser cotejados por el Órgano instructor y poder formalizar la correspondiente beca. Asimismo, deberán aportar:
Certificado académico original del grado y máster, en el caso de no haberlo hecho en el momento de la presentación de solicitudes.
A efectos de practicar la correspondiente retención del IRPF y para percibir la ayuda de gastos de viaje prevista en el punto primero de la base tercera, los candidatos seleccionados, no residentes en la isla de Tenerife, deberán presentar certificado de residencia en donde se haga constar su número de identificación.
La adjudicación definitiva de la beca a personas extranjeras quedará supeditada al cumplimiento de la normativa en vigor.
San Cristóbal de la Laguna, 21 de marzo de 2024.- El Director del Instituto de Astrofísica de Canarias, Rafael Rebolo López.
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