Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-A-2024-6535

Resolución 420/38090/2024, de 22 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de Extremadura, para la colaboración en actividades docentes y de investigación entre la Base Aérea de Talavera la Real y la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de Badajoz.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 1 de abril de 2024, páginas 37343 a 37347 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2024-6535

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 20 de marzo de 2024 la Adenda de modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Extremadura para la colaboración en actividades docentes y de investigación entre la Base Aérea de Talavera la Real y la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de Badajoz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 22 de marzo de 2024.–El Secretario General Técnico, P. S. (Ley 40/2015, de 1 de octubre), el Vicesecretario General Técnico, Francisco Javier Granados Peñacoba.

ANEXO
Adenda modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Extremadura, para la colaboración en actividades docentes y de investigación entre la Base Aérea de Talavera la Real y la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de Badajoz

En Madrid, a 20 de marzo de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Javier Salto Martínez-Avial, Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 352/2017, de 31 de marzo, actuando en nombre y representación del Ministerio de Defensa, en uso de las atribuciones que le confiere la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

Y, de otra parte, don Antonio Hidalgo García, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, con CIF Q0618001B, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le autoriza su nombramiento, efectuado por Decreto 2/2019, de 8 de enero, actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 93.h) del Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura, y de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que las partes suscribieron el «Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Extremadura para la colaboración en actividades docentes y de investigación entre la Base Aérea de Talavera la Real y la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de Badajoz» en fecha 17 de octubre de 2022, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 260, de 29 de octubre de 2022.

Segundo.

Que el citado convenio, en su cláusula sexta, relativa a los mecanismos de seguimiento, vigilancia y control, establece entre los cometidos de la Comisión Mixta de Seguimiento, entre otros, el siguiente cometido: «Revisará los términos del convenio y propondrá modificaciones al mismo, al amparo del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que serán incorporadas en forma de adenda tras su aprobación por ambas partes».

Tercero.

Que las partes consideran que el desarrollo del convenio está siendo fructífero, habiendo dado lugar a colaboraciones en interés de las mismas y están de acuerdo en ampliar el contenido de las actividades recogidas en el mismo.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Extremadura para la colaboración en actividades docentes y de investigación entre la base aérea de Talavera la Real y la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de Badajoz.

Se acuerda por las partes modificar la redacción del convenio, de acuerdo con lo señalado en su cláusula sexta.

Segunda. Sustitución del apartado sexto en el expositivo del convenio.

El apartado sexto del expositivo del convenio que redactado como sigue:

«Que al amparo de los convenios suscritos entre la Base Aérea de Talavera la Real (BATR) y la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de la Universidad de Extremadura (UEx) y del Convenio entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y la UEx para la realización de actividades docentes, de investigación, difusión y debate y de cualquier otro ámbito de interés mutuo (Resolución 420/38405/2021, BOE 267 de 8 de noviembre), personal docente e investigador del Grado de Fisioterapia de la UEx ha estado desarrollando, durante los últimos cuatro años, líneas de investigación sobre el rendimiento del piloto de caza con dolor cervical relacionado con el vuelo y otras entidades clínicas propias en pilotos de la BATR. Como resultado de estos estudios, además de originarse varias publicaciones científicas, se ha adquirido un conocimiento que podría generar una transferencia directa, destinada a mejorar las condiciones clínico-funcionales de pilotos asintomáticos, así como a facilitar la recuperación de los pilotos de mencionada unidad.»

El apartado sexto del expositivo del convenio en vigor pasa a ser el apartado séptimo.

Tercera. Ampliación del convenio.

Se añade al apartado 2 de la cláusula segunda «Actuaciones de las partes», como apartado d) el siguiente:

«Estudiantes de cuarto curso del Grado en Fisioterapia, tutorizados por el personal docente e investigador involucrado en las tareas antes descritas, desarrollarán prácticas externas curriculares y/o extracurriculares en las instalaciones de la BATR, enseñando y aplicando técnicas de reeducación y recuperación de la columna a los pilotos de dicha Unidad. Las prácticas se acogerán a la normativa de prácticas externas establecida en la normativa de prácticas aprobada por la UEx, y los estudiantes asignados desarrollarán las competencias básicas, generales, específicas y transversales establecidas en el título de Grado.

Se añaden dos anexos al convenio, que figuran al final de esta adenda:

– Anexo I: Normas Generales de aplicación a los alumnos en prácticas.

– Anexo II: Declaración de responsabilidad, confidencialidad y estancia en instalación militar.»

Cuarta. Sustitución de la cláusula quinta «Compromisos económicos» por una nueva cláusula quinta «Financiación».

Como consecuencia de la inclusión dentro del ámbito del convenio de alumnos en prácticas, la cláusula quinta, «Compromisos económicos», pasa a denominarse «Financiación», y queda redactada como sigue:

«1. Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán compromiso económico o financiero alguno para el MINISDEF. La realización de las prácticas no supondrá, en ningún caso, la percepción de emolumentos o indemnizaciones a cargo de dicho Ministerio.

2. En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b la disposición adicional quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderán a la UEx.»

Quinta. Eficacia de la adenda.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48 y en el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda de ampliación al convenio surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público estatal (REOICO) en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben dos ejemplares, todos ellos igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio, Javier Salto Martínez-Avial.–Por la Universidad de Extremadura, el Rector Magnífico, Antonio Hidalgo García.

ANEXO I
Normas generales de aplicación a los alumnos en prácticas
Primera. Aspecto social.

1. Uso de las instalaciones mientras dure el periodo de prácticas: los alumnos gozarán del acceso a las instalaciones donde desarrollan su actividad práctica, pabellones y zonas recreativas de la BATR, respetando en todo momento las áreas prohibidas determinadas en la misma. Asimismo, se comprometerán a respetar y cumplir con las normas específicas que rigen en la BATR.

2. Transporte: podrán utilizar sus vehículos particulares para los desplazamientos por el interior de la instalación militar. A tal efecto, estarán sujetos a las normas en vigor sobre autorizaciones de vehículos y, específicamente, a las normas de circulación de la BATR.

Con autorización expresa del jefe de la BATR, podrán utilizar los vehículos de uso general de la BATR, si los hubiera, empleados para el transporte del personal militar o civil autorizado, a la BATR o desde ella, conforme a los itinerarios y horarios establecidos a tal fin. Esta autorización estará supeditada a la existencia de plazas libres en los transportes establecidos.

3. Atención sanitaria: el servicio sanitario de la BATR podrá atender, en primera instancia, y si la premura del caso lo exigiese, a los alumnos que precisen asistencia sanitaria. Si necesitasen hospitalización u otro tratamiento más o menos prolongado, el interesado recurrirá a la Seguridad Social o compañías privadas con los que estuvieran asegurados. En cualquier caso, el MINISDEF declina cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la citada atención inicial. Los alumnos deberán llevar su tarjeta sanitaria en vigor.

4. Seguros y accidentes: considerando que el programa de cooperación es un periodo comprendido dentro de las actividades propias del alumno en la UEx, cualquier accidente que pueda ocurrir, tanto dentro, como fuera de la BATR, correrá a cargo del seguro escolar, y en el caso de alumnos no cubiertos por éste, por un seguro de riesgos personales y/o accidentes individuales a suscribir por ellos mismos, cuya suscripción debe ser comprobada por la UEx, la cual no podrá autorizar las prácticas de alumnos que no cuenten con dicha cobertura, eximiendo al MINISDEF de toda responsabilidad.

Segunda. Régimen interior.

1. Tarjetas de identificación: les será suministrada a los alumnos una tarjeta de identificación similar a la del personal que presta sus servicios en la BATR. Esta, además de llevar la fotografía del alumno, especificará las zonas en las que les está permitido el acceso.

Dicha tarjeta será devuelta a los servicios de seguridad al finalizar el periodo de prácticas.

2. Horario: el horario de prácticas se ajustará al horario habitual de trabajo del personal destinado en la BATR.

3. Normas de régimen interior: la normativa de régimen interior de la BATR garantiza el respeto a las personas y a los medios materiales, facilitando la convivencia. Dicha normativa es de obligado cumplimiento, haciéndose extensible al alumnado durante su permanencia en las mismas.

El MINISDEF se compromete a informar a los alumnos de las normas de régimen interior propias de la institución militar, cuya inobservancia por parte de algún alumno podrá dar lugar a la finalización de sus prácticas, previa audiencia del interesado y del representante que corresponda de la UEx.

Tercera. Derechos y deberes de los alumnos.

1. Durante la realización de las prácticas tuteladas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:

– A la tutela, durante el periodo de la correspondiente práctica, por personal docente de la Facultad de Fisioterapia de la UEX.

– A la obtención de un informe por parte del MINISDEF donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada y su duración.

– A recibir, por parte del MINISDEF, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.

– A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente al MINISDEF.

2. Asimismo, y durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes deberán atender al cumplimiento de los siguientes deberes:

– Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la UEx.

– Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor académico asignado por la UEx.

– Mantener contacto con el tutor académico de la UEx durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.

– Incorporarse a la BATR en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.

– Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con el MINISDEF conforme a las líneas establecidas en el mismo.

– Elaborar la memoria final de las prácticas y, en su caso, el informe intermedio.

ANEXO II
Declaración de responsabilidad, confidencialidad y estancia en instalación militar

El abajo firmante, alumno de la Universidad de Extremadura, declara mediante el presente escrito su compromiso de cumplir con normas de protección de información recogidas en el convenio, así como las generales de conducta, seguridad y neutralidad política necesarias para el correcto desarrollo de su trabajo al amparo del mismo.

Con tal propósito manifiesta y reconoce expresamente:

1. Que va a desarrollar en las instalaciones de la Base Aérea de Talavera la Real el trabajo .................................................................................................................................

2. Que la información a la que pueda acceder durante las actividades amparadas por este convenio, que incluye también los datos personales que pueda llegar a conocer, tendrá la consideración de «uso oficial», por lo que se compromete a guardar la debida reserva sobre la misma.

3. Que no introducirá ni exhibirá signos, distintivos, lemas o similares que, por su contenido o por las circunstancias en que se exhiban o usen, puedan comprometer la correspondiente neutralidad política en la Unidades de las Fuerzas Armadas, puedan ser considerados de naturaleza reivindicativa o fomenten manifiesto desprecio al personal que presta servicio en la instalación militar.

4. Que cumplirá, en todo caso, las normas generales de aplicación del convenio y las de régimen interior de la Unidad que les sean de aplicación, prestando especial atención a las de seguridad.

En ..............................., a ........... de ............................ de ...........

Fdo.: ...........................................................

(Nombre, apellidos y DNI)

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid