De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Segunda adenda de prórroga del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad de Granada para la realización de actividades culturales conjuntas suscrito el 19 de septiembre de 2022, que ha sido suscrita el 20 de marzo de 2024.
Madrid, 21 de marzo de 2024.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen Noguero Galilea.
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda en la calle Alcalá 49, 28014, Madrid, con NIF Q-2812007 I.
Y, de otra parte, don Pedro Mercado Pacheco, en nombre y representación de la Universidad de Granada, de la que es Rector Magnífico, en virtud del Decreto 131/2023, de 12 de junio (BOJA núm. 113, de 15 de junio de 2023), actuando con las atribuciones que le confieren el artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 45.k) de los Estatutos de la Universidad de Granada, con domicilio a los efectos de la presente adenda en Avenida del Hospicio, s/n, 18071, Granada, con NIF Q-1818002 F. En adelante, también, la Universidad.
Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto
EXPONEN
I. Que el Instituto Cervantes y la Universidad suscribieron, el 19 de septiembre de 2022, un convenio con el objeto de desarrollar actividades en el marco del programa de la Universidad de Granada denominado «Los Tientos», que fue prorrogado mediante adenda suscrita por las partes el 6 de julio de 2023, por la que se extiende su vigencia hasta el 31 de julio de 2024.
II. Que en la cláusula séptima del citado convenio se establece que este podrá prorrogarse expresamente en cualquier momento antes de su finalización por acuerdo de los firmantes por un nuevo periodo de hasta cuatro años.
III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y desean prorrogarla.
IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informado favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.
V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2.c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 13 de marzo de 2024.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente segunda adenda de prórroga del citado convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Mediante la presente adenda las partes prorrogan el convenio suscrito el 19 de septiembre de 2022 hasta el 31 de julio de 2027.
El resto de los compromisos y obligaciones asumidos en virtud del citado convenio permanecen vigentes.
La presente adenda queda perfeccionada desde la fecha de la firma del último de los signatarios y resultará eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, esta adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda en las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero, Director, 20 de marzo de 2024.–Por la Universidad de Granada, Pedro Mercado Pacheco, Rector, 18 de marzo de 2024.
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