El artículo 7 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, dispone que «La Conferencia General de Política Universitaria, en función de las fechas fijadas para la realización de la evaluación final de Bachillerato, fijará los plazos mínimos de preinscripción y matriculación en las universidades públicas para permitir a los estudiantes concurrir a la oferta de todas las universidades. La decisión adoptada por la Conferencia General de Política Universitaria será publicada en el “Boletín Oficial del Estado”».
En virtud de lo anterior, la Conferencia General de Política Universitaria, a través de su Comisión Delegada en la sesión del día 7 de marzo de 2024, ha acordado las siguientes fechas límite de preinscripción, de publicación de las listas de admisión y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso 2024-2025:
– Período para la preinscripción: deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 24 de junio de 2024, inclusive.
Por lo que se refiere a los estudiantes que accedan a la universidad por la vía prevista en el artículo 9.1.b) y 9.2.b) y c) del citado Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, dicho período deberá estar abierto hasta el 9 de julio de 2024, inclusive. No obstante, las solicitudes presentadas entre el 10 y el 31 de julio de 2024 por los estudiantes pertenecientes a estos colectivos serán tenidas en cuenta, respetándose los derechos de admisión de dichos estudiantes.
– Fecha para la publicación de la lista de admitidos: hasta el 16 de julio de 2024.
– Período de matriculación: deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las listas de admitidos.
Madrid, 12 de marzo de 2024.–El Secretario General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.
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