El Interventor General de la Administración del Estado y la Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad Complutense de Madrid han suscrito, con fecha 5 de febrero de 2024, un convenio entre la Universidad Complutense de Madrid y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas.
Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido convenio. Como anejo a la presente resolución.
Madrid, 7 de febrero de 2024.–El Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.
En Madrid, a 5 de febrero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Pablo Arellano Pardo, en su condición de Interventor General de la Administración del Estado, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 618/2018, de 22 de junio de 2018 (BOE n.º 152, de 23 de junio); que actúa, por delegación en virtud del apartado séptimo 2.a) 3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, doña María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, en representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), nombrada por Decreto Rectoral 37/2023, de 28 de junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativo, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» el 10 de julio de 2023.
Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda y, a tal fin,
EXPONEN
I. Con fecha 8 de julio de 2021 (BOE de 20 de julio de 2021) se suscribió el Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas.
II. La cláusula décima del citado convenio establece que la modificación del contenido requerirá acuerdo unánime de las partes.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes,
ACUERDAN
El objeto de la presente adenda es la modificación de la cláusula sexta del convenio.
La cláusula sexta queda redactada del siguiente modo:
«La Universidad Complutense de Madrid y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.
En relación con las obligaciones derivadas del apartado 4b) de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, las prácticas académicas externas curriculares serán no remuneradas, correspondiendo a la Universidad Complutense de Madrid el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.
La IGAE se compromete a comunicar a la Universidad cualquier incidencia que pueda producirse durante la realización de la práctica. La IGAE deberá una vez finalizada la práctica curricular no remunerada comunicar a la Universidad los días reales de práctica realizada.»
La presente Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Mantener el ámbito y alcance de la colaboración en los mismos términos y condiciones excepto lo dispuesto en la cláusula sexta que se modifican mediante la presente adenda.
De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben la presente adenda al convenio anteriormente indicado
Por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), el Interventor General de la Administración del Estado (P.D. apartado séptimo 2.a) 3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), Pablo Arellano Pardo.–Por la Universidad de Complutense de Madrid, la Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, nombrada por Decreto Rectoral 37/2023, de 28 de junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, María Concepción García Gómez.
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