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Documento BOE-A-2024-23620

Orden INT/1265/2024, de 12 de noviembre, por la que se aprueba el formulario único y los modelos normalizados para la solicitud de las ayudas a la población afectada gravemente por una emergencia de protección civil, reconocidas en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2024, páginas 145458 a 145467 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2024-23620
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2024/11/12/int1265

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 5 de noviembre de 2024, acordó declarar zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil las Comunidades Autónomas de Comunitat Valenciana, Cataluña, Castilla-La Mancha, Andalucía, Illes Balears y Aragón, como consecuencia de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que ha afectado a amplias zonas de la Península y Baleares entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Esto supone la directa aplicación del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.

No obstante, en atención a la naturaleza y magnitud de la catástrofe y de los daños acaecidos, el Consejo de Ministros, mediante el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, aprobó un primer paquete de medidas y ayudas dirigidas a la población más afectada.

El artículo 3 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, regula las ayudas destinadas a paliar daños personales, daños materiales en vivienda y enseres, y en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, y por prestaciones personales o de bienes de personas físicas o jurídicas, estableciendo, para la presentación de las solicitudes de concesión de estas ayudas, un plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto, a través de esta norma, se habilita la concesión de importantes ayudas directas a ciudadanos y empresas que, en el caso de las ayudas personales, llegan a cuadruplicar las cuantías previstas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, para los municipios que se incluyen en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre. Además, se reducen las cargas burocráticas, facilitando determinados trámites con el fin de aportar celeridad y eliminando algunos requisitos para ampliar los posibles beneficiarios.

Por su parte, la disposición final octava del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, modifica el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, con el fin de ampliar más la cobertura de las ayudas en el ámbito competencial de protección civil previstas en el artículo 3 mencionado anteriormente e incluye un nuevo artículo 3 bis en el que se contempla, por primera vez, la habilitación para su concesión a través de una declaración responsable, que permitirá, además, el pago de un anticipo a cuenta por un importe del cincuenta por cien de la ayuda máxima.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, establece que «el personal del Grupo TRAGSA y de la sociedad estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E. (CORREOS) asignado a tareas relacionadas con la gestión de medidas contempladas en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, queda habilitado para actuar como representante de terceros afectados a que se refiere el apartado 3 del artículo 1, en relación con la presentación de las solicitudes de las ayudas previstas en el artículo 3 del referido Real Decreto-ley».

Ante las novedades introducidas respecto a las ayudas previstas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y con la finalidad de simplificar el procedimiento y facilitar a los damnificados la presentación de las solicitudes, el Ministerio del Interior ha considerado conveniente elaborar un modelo de solicitud único para todas las líneas de ayuda cuya competencia tiene atribuida; un modelo normalizado para que pueda ser usado al recabar el consentimiento del solicitante a fin de que el personal designado por TRAGSA y Correos puedan prestar la representación habilitada por el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre; y un modelo normalizado para suscribir la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos por el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y por el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Aprobación del modelo de formulario único para la solicitud de concesión de las ayudas y de los modelos normalizados para la prestación de consentimiento para representación habilitada y para la declaración responsable por parte del solicitante.

Se aprueba el modelo de formulario único y los modelos normalizados que se adjuntan como anexos a esta orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de noviembre de 2024.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.

ANEXO I
Formulario único

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ANEXO II
Modelo normalizado para recabar el consentimiento del interesado/a para la representación habilitada por TRAGSA/CORREOS de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre

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ANEXO III
Declaración responsable emitida en aplicación de lo establecido en la disposición final octava del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/11/2024
  • Fecha de publicación: 13/11/2024
  • Fecha de entrada en vigor: 13/11/2024
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA los anexos I a III, por Orden INT/1283/2024, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2024-23852).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre (Ref. BOE-A-2024-22928).
  • CITA Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo (Ref. BOE-A-2005-4573).
Materias
  • Ayudas
  • Catástrofes
  • Comunidades Autónomas
  • Consentimiento informado
  • Empresa de Transformación Agraria
  • Ficheros con datos personales
  • Formularios administrativos
  • Inundaciones
  • Municipios
  • Procedimiento administrativo
  • Protección Civil
  • Sociedad Estatal Correos y Telégrafos
  • Subvenciones

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