Recibida en la Secretaría General de Energía la solicitud presentada por Xilinakis D. & Co. Solar, con domicilio social en 23 Nerantzoulas Street, 13671 Aharnes, Grecia, para la certificación de un equipo solar compacto, fabricado por Xilinakis D. & Co. Solar, en su instalación industrial ubicada en Grecia. Resultando que por el interesado se ha presentado el dictamen técnico emitido por el laboratorio de captadores solares del Centro Nacional de Investigación Científica (Demokritos), con clave 1141 R. Habiendo presentado certificado en el que la entidad European Quality Assurance Hellas confirma que Xilinakis D. & Co. Solar cumple los requisitos de calidad exigibles en la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero, sobre exigencias técnicas de paneles solares. De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero, sobre exigencias técnicas de paneles solares, durante los doce meses siguientes a la entrada en vigor de la Orden, para la certificación de los sistemas solares prefabricados, se aceptan los ensayos del captador de forma independiente para certificar el sistema. Por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden citada. Esta Secretaría General, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar el equipo solar compacto termosifón denominado Apollon 120/2, con la contraseña de certificación SST-0108, y con fecha de caducidad el día 10 de enero de 2011. La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación. Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante el Secretario General de Energía, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Características del captador:
Identificación: Fabricante: Xilinakis D. & Co. Solar.
Nombre comercial (marca/modelo): Apollon 2000. Tipo de captador: plano.
Dimensiones:
Longitud: 2008 mm. Área de apertura: 1,82 m2
Ancho: 1009 mm. Área de absorbedor: 1,80 m2 Altura: 110 mm. Área total: 2,03 m2
Especificaciones generales:
Peso: 35,54 Kg.
Fluido de transferencia de calor:
Presión de funcionamiento Máx.: 1,0 MPa
Resultados de ensayo:
Rendimiento térmico:
η o |
0,75 |
|||
a1 |
3,39 |
W/m2K |
||
a2 |
0,015 |
W/m2K2 |
||
Nota: Referente al área de apertura |
Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm - Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1.000 W/m2 |
10 |
484 |
895 |
1.306 |
30 |
333 |
749 |
1.160 |
50 |
170 |
581 |
992 |
Características del equipo:
1 captador solar Apollon 2000.
1 acumulador vitrificado de 120 l.
Madrid, 10 de enero de 2008.-El Secretario General de Energía, Ignasi Nieto Magaldi.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid