Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Évariste Boshab (Kinshasa, República Democrática del Congo) (representantes: T. Bontinck, P. De Wolf y A. Guillerme, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M.-C. Cadilhac y S. Lejeune, agentes)
Objeto
Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, el demandante solicita, en esencia, la anulación, por una parte, de la Decisión (PESC) 2022/2412 del Consejo, de 8 de diciembre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2010/788/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo (DO 2022, L 317, p. 122) y del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2401 del Consejo, de 8 de diciembre de 2022, por el que se aplica el artículo 9 del Reglamento (CE) n.o 1183/2005 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo (DO 2022, L 317, p. 32) y, por otra parte, de la Decisión (PESC) 2023/2768 del Consejo, de 8 de diciembre de 2023, por la que se modifica Decisión 2010/788/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo (DO L, 2023/2768) y del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2771 del Consejo, de 8 de diciembre de 2023 por el que se aplica el artículo 9 del Reglamento (CE) n.o 1183/2005 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo (DO L, 2023/2771), en la medida en que dichos actos lo afectan.
Fallo
1) Anular la Decisión (PESC) 2022/2412 del Consejo, de 8 de diciembre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2010/788/PESC habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo, el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2401 del Consejo, de 8 de diciembre de 2022, por el que se aplica el artículo 9 del Reglamento (CE) n.o 1183/2005 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo, la Decisión (PESC) 2023/276 del Consejo, de 8 de diciembre de 2023, por la que se modifica la Decisión 2010/788/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo y el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2771 del Consejo, de 8 de diciembre de 2023, por el que se aplica el artículo 9 del Reglamento (CE) n.o 1183/2005 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo, en la medida en que afectan al Sr. Évariste Boshab.
2) Los efectos de las Decisiones 2022/2412 y 2023/2768 se mantienen respecto del Sr. Boshab hasta la fecha de expiración del plazo para interponer un recurso de casación con arreglo al artículo 56, párrafo primero, del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea o, si se interpone un recurso de casación durante dicho plazo, hasta que sea desestimado.
3) Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea.
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