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Documento DOUE-Z-2024-70036

Sentencia del Tribunal General de 15 de mayo de 2024 - Anbouba/Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 3912, de 1 de julio de 2024, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2024-70036

TEXTO ORIGINAL

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Demandante: Issam Anbouba (Beirut, Líbano) (representante: S. Koev, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: T. Haas, V. Piessevaux e I. Gurov, agentes)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, el demandante solicita la anulación de la Decisión (PESC) 2022/849 del Consejo, de 30 de mayo de 2022, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2022, L 148, p. 52), del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/840 del Consejo, de 30 de mayo de 2022, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2022, L 148, p. 8), de la Decisión (PESC) 2023/1035 del Consejo, de 25 de mayo de 2023, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2023, L 139, p. 49), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1027 del Consejo, de 25 de mayo de 2023, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2023, L 139, p. 1), en la medida en que estos cuatro actos mantienen su nombre en las listas anexas a ellos.

Fallo

1)

Anular la Decisión (PESC) 2022/849 del Consejo, de 30 de mayo de 2022, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/840 del Consejo, de 30 de mayo de 2022, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria, en la medida en que dichos actos afectan al Sr. Issam Anbouba.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

El Sr. Anbouba y el Consejo de la Unión Europea cargarán con sus propias costas.

(1)   DO C 359 de 19.9.2022.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • la nulidad de lo indicado en la Decisión 2022/849, de 30 de mayo (Ref. DOUE-L-2022-80820).
    • la nulidad de lo indicado en el Reglamento 2022/840, de 30 de mayo (Ref. DOUE-L-2022-80813).
Materias
  • Armas
  • Cuentas bloqueadas
  • Exportaciones
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Siria
  • Sistema financiero
  • Tecnología

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