Lengua de procedimiento: francés
Demandante: QF (representantes: T. Marembert y A. Bass, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: D. Laurent, S. Van Overmeire y A. Boggio-Tomasaz, agentes)
Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión (PESC) 2022/582 del Consejo, de 8 de abril de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas respecto de las acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía o la independencia de Ucrania (DO 2022, L 110, p. 55) y del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/581 del Consejo, de 8 de abril de 2022, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2022, L 110, p. 3), en la medida en que su nombre ha sido incluido en las listas de personas y entidades del anexo de la Decisión 2014/145/PESC del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2014, L 78, p. 16) y del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2014, L 78, p. 6).
1) Anular la Decisión (PESC) 2022/582 del Consejo, de 8 de abril de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas respecto de las acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía o la independencia de Ucrania y el Reglamento (UE) 2022/581 del Consejo, de 8 de abril de 2022, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 269/2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania, en la medida en que afectan a QF.
2) El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las de QF.
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