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Documento DOUE-Z-2008-70007

Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 3 de septiembre de 2008 — Yassin Abdullah Kadi, Al Barakaat International Foundation/Consejo de la Unión Europea, Comisión de las Comunidades Europeas, Reino Unido de Gran Bretaña y de Irlanda del Norte («Política exterior y de seguridad común (PESC) — Medidas restrictivas contra personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes — Naciones Unidas — Consejo de Seguridad — Resoluciones aprobadas en virtud del capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas — Aplicación en la Comunidad — Posición común 2002/402/PESC — Reglamento (CE) nº 881/2002 — Medidas dirigidas contra personas y entidades incluidas en una lista elaborada por un órgano de las Naciones Unidas — Congelación de fondos y de recursos económicos — Comité del Consejo de Seguridad creado por el párrafo 6 de la Resolución 1267 (1999) del Consejo de Seguridad (Comité de Sanciones) — Inclusión de estas personas y entidades en el anexo I del Reglamento (CE) nº 881/2002 — Recurso de anulación — Competencia de la Comunidad — Base jurídica conjunta compuesta por los artículos 60 CE, 301 CE y 308 CE — Derechos fundamentales — Derecho al respeto de la propiedad, derecho a ser oído y derecho a un control jurisdiccional efectivo»).

Publicado en:
«DOUE» núm. 285, de 8 de noviembre de 2008, páginas 2 a 3 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2008-70007

TEXTO ORIGINAL

Lenguas de procedimiento: inglés y sueco

Partes Recurrentes: Yassin Abdullah Kadi (representantes: I. Brownlie, D.Anderson QC, P: Saini, Barrister, G. Martin, Solicitor), Al Barakaat International Foundation (representantes: L. Silbersky y T. Olsson, abogados)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bishop, E. Finnegan y E. Karlsson, agentes), Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: C.

Brown, J. Enegren y P.J. Kuijper, agentes), Reino Unido de Gran Bretaña y de Irlanda del Norte (representantes: R. Caudwell, E. Jenkinson, S. Behzadi-Spencer, agentes, y C. Greenwood QC, A.

Dashwood, Barrister)

Partes coadyuvantes en apoyo del Consejo de la Unión Europea: Reino de España (representante: J. Rodríguez Cárcamo, agentes), República Francesa (representantes: G. de Bergues, E. Belliard y S. Gasri, agentes), Reino de los Países Bajos (representantes: H.G. Sevenster y M. de Mol, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la Comisión de las Comunidades Europeas: República Francesa (representantes: G. de Bergues, E.Belliard y S. Gasri, agentes)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda ampliada) de 21 de septiembre de 2005, Kadi/Consejo y Comisión (T-315/01), en la que dicho Tribunal decidió: a) sobreseer el asunto en lo que respecta a la pretensión de la parte demandante de que se anule el Reglamento (CE) no 2062/2001 de la Comisión, de 19 de octubre de 2001, que modifica por tercera vez el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo, por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán, y se deroga el Reglamento (CE) no 337/2000 del Consejo (DO L 277, p. 25), en la medida en que incluye al demandante en la lista de personas y entidades a quienes se aplica la congelación de fondos impuesta por dicho Reglamento, y b) desestimar por infundada la pretensión de la parte demandante de que se anule el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento no 467/2001 (DO L 139, p. 9), en la medida en que dichos actos afectan al demandante.

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda ampliada) de 21 de septiembre de 2005 en el asunto T-306/01, Yusuf y Al Barakaat International Foundation contra Consejo de la Unión Europea y Comisión de las Comunidades Europeas, en la que dicho Tribunal desestimó un recurso que tenía por objeto la anulación del Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento no 467/2001.

Fallo

1) Anular las sentencias del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas de 21 de septiembre de 2005, Kadi/ Consejo y Comisión (T-315/01) y Yusuf y Al Barakaat International Foundation/Consejo y Comisión (T-306/01).

2) Anular en lo que respecta al Sr. Kadi y a Al Barakaat International Foundation el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red AlQaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán.

3) Mantener los efectos del Reglamento no 881/2002, en lo que respecta al Sr. Kadi y a Al Barakaat International Foundation, durante un período de tres meses como máximo a partir de la fecha en que se dicte la presente sentencia.

4) Condenar al Consejo de la Unión Europea y a la Comisión de las Comunidades Europeas a soportar sus propias costas y, además, condenar a cada una de estas instituciones a cargar con la mitad de las costas en que hayan incurrido el Sr. Kadi y Al Barakaat International Foundation, tanto en primera instancia como en los presentes procedimientos de casación.

5) El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte soportará las costas en las que haya incurrido, tanto en primera instancia como en los presentes procedimientos de casación.

6) El Reino de España, la República Francesa y el Reino de los Países Bajos soportarán sus propias costas.

_______________

(1) DO C 36 de 11.2.2006.

DO C 48 de 25.2.2006.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 03/09/2008
  • Fecha de publicación: 08/11/2008
Referencias anteriores
Materias
  • Afganistán
  • Cuentas bloqueadas
  • Empresas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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