En el asunto C-376/98, República Federal de Alemania (Agente: Sr. C.-D. Quassowski, asistido por el Sr. J. Sedemund) contra Parlamento Europeo (Agentes: Sres. R. Gosalbo Bono, A. Feeney y S. Marquardt), apoyadas por República Francesa (Agentes: Sr. J.-F. Dobelle, Y Sra.; R. Loosli-Surrans, después Sras. K. Rispal-Bellanger y R. Loosli-Surrans), República de Finlandia (Agentes: Sr. H. Rotkirch y Sra. T. Pynna), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Agente: Sra. M. Ewing, asistida por el Sr. N. Paines) y por Comisión de las Comunidades Europeas (Agentes: Sra. l. Martínez del Peral y Sr. U. Wolker), que tiene por objeto la anulación de la Directiva 98/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de publicidad y de patrocinio de los productos del tabaco (DO L 213, p. 9), el Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. G.C. Rodríguez Iglesias, Presidente; los Sres. J.C. Moitinho de Almeida (ponente), D.A.O. Edward, L. Sevón y R. Schintgen, Presidentes de Sala; los Sres. P.J.G. Kapteyn, C. Gulmann, A. La Pergola, J.-P. Puissochet, P. Jann, H. Ragnemalm y M. Wathelet y la Sra. F. Macken, Jueces; Abogado General: Sr. N. Fennelly; Secretarios: Sr. H. von Holstein, Secretario adjunto, y Sra. L. Hewlett, administradora, ha dictado el 5 de octubre de 2000 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
1) Se anula la Directiva 98/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de publicidad y de patrocinio de los productos del tabaco.
2) Se condena en costas al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea. La República Francesa. la República de Finlandia, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Comisión de las Comunidades Europeas cargarán con sus propias costas.
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