En los asuntos acumulados C-289/96, C-293/96 y C-299/96, Reino de Dinamarca (C-289/96) (Agente: Sr. P. Biering), República Federal de Alemania (C-293/96) (Agentes: Sres. E. Rodery A. Dittrich) y República Francesa (C-299/96) (Agentes: Sra. K. Rispal-Bellanger y Sr. G. Mignot) contra Comisión de las Comunidades Europeas [Agentes: Sres. J.L. Iglesias Buhigues y H. St0vlbrek (C-289/96); Sres. J.L. Iglesias Buhigues y U. Wolker (C-293/96); Sres. J.L. Iglesias Buhigues y G. Berscheid (C-299/96)], apoyada por República Helénica [Agentes: Sres. D. Papageorgopoulos (C-293/96, l. Chalkias (C-289/96 y C-299/96) y Sra. l. Galani-Maragkoudaki (C-289/96, C-293/96 y C-299/96)], que tiene por objeto la anulación del Reglamento (CE) n° 1107/96 de la Comisión, de 12 de junio de 1996, relativo al registro de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 17 del Reglamento (CEE) n° 2081/92 del Consejo (DO L 148. p. 1), en la medida en que registra como denominación de origen protegida la denominación -feta., el Tribunal de Justicia, integrado por los Sres.: G.C. Rodríguez Iglesias, Presidente; P.J.G. Kapteyn, G. Hirsch y P. Jann. Presidentes de Sala; G.F. Mancini, J.C. Moitinho de Almeida. C. Gulmann. J.L. Murray, D.A.O. Edward, H. Ragne- malm, L. Sevón, M. Wathelet y R. Schintgen (Ponente), Jueces; Abogado General: Sr. A. La Pergola; Secretario: Sr. H. von Holstein, Secretario adjunto, ha dictado el 16 de marzo de 1999 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
1) Se anula el Reglamento (CE) n° 1107/96 de la Comisión, de 12 de junio de 1996, relativo al registro de las indicadores geográficas y de las denominaciones de origen con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 17 del Reglamento (CEE) n° 2081/92 del Consejo, en la medida en que registra la denominación feta como denominación de origen protegida.
2) Se condena en costas a la Comisión de las Comunidades Europeas.
3) La República Helénica cargará con sus propias costas.
(1) DO C 318 de 26.10.1996; DO C 336 de 9.11.1996
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